¿Es legal exhibir la bandera republicana?
¿Es legal exhibir la bandera republicana?
Rubén Rozas

La tricolor sigue luciendo en balcones, manifestaciones, conciertos e, incluso, edificios públicos

Desde 1931 con la proclamación de la Segunda República en España y hasta 1936, con el golpe de Estado de Francisco Franco, la republicana fue la bandera oficial del Estado. Todavía hoy ésta sigue luciendo en muchos balcones particulares, es protagonista en conciertos de música denominados "protesta" y en manifestaciones de índole progresista y en pos de los servicios públicos.

La pregunta que se sigue haciendo mucha gente es si es legal exhibir la tricolor en nuestros días, ya que la bandera oficial es ahora otra. Pues bien, aquí hay que tener en cuenta, principalmente, dos cuestiones.

Si el símbolo se muestra con carácter, podríamos decir, propio; sí es legal. Es decir, yo como ciudadano tengo pleno derecho a colgarla del balcón de mi casa, usarla en expresiones artísticas o en concentraciones. Ahora bien, en los Ayuntamientos y edificios públicos ha de predominar la bandera constitucional, la que existe en España desde 1978.

Hay excepciones en las que las autoridades pueden requisar la bandera republicana. Por ejemplo, si se muestra en un acto monárquico, ya que se considera que ésto se hace con la intención de provocar altercados.

Más allá de ello, la Constitución avala la libertad ideológica en al artículo 16.1, independientemente de que la forma de Estado actual -también reflejada en la Carta Magna- sea la monarquía parlamentaria. Igualmente quedan garantizadas la libertad de expresión y el derecho a expresar las ideas, incluso dentro de un partido político (artículos 20 y 6 respectivamente).

En 2015, con la Ley Mordaza impulsada por el Gobierno de Mariano Rajoy, el Ejecutivo explicaba a Elplural.com que ninguna bandera "es ilegal, ni anticonstitucional" siempre que no impulse un delito de odio. De esta manera, la bandera republicana quedaría amparada por la Ley de Banderas y por las libertades ideológicas y de expresión.

Entre las que no quedarían protegidas por dicha ley se encuentran las que se muestran en apoyo a los presos de ETA o la bandera franquista. Ésta segunda, aunque muchos la quieran equiparar, obedece a un régimen dictatorial, mientras que la de la República obedece a uno democrático.

Sin embargo, en respuesta por parte del anterior Gobierno a este medio, el PP resolvió que no resulta "punible la mera exhibición de banderas si éstas no van acompañadas de una conducta activa propia de un crimen de odio o discurso que ensalce la violencia o el odio".

Preconstitucionalidad o inconstitucionalidad

Es importante diferenciar entre una bandera preconstitucional y una inconstitucional. Así las cosas, la bandera republicana es preconstitucional. La tricolor fue oficial entre 1931 y 1939, pero ni mucho menos es anticonstitucional. Así las cosas, a lo ya explicado se le puede sumar una sentencia de la Sección Novena de la Sala de Lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid del año 2003 que subraya que mostrar dicha bandera queda amparado por la libertad ideológica y de expresión. Se vuelve así a lo mismo: no debe usarse en actos oficiales o instituciones, pero no hay ningún problema jurídico si alguien quiere portarla a título particular o colectivo en eventos o actividades no oficiales.

Por el contrario, la bandera franquista sí es ilegal exhibirla. No lo recoge así directamente la actual Ley de Memoria Democrática, pero el texto sacado adelante hace apenas unos meses y que fue uno de los grandes compromisos del Gobierno de coalición, endurece el articulado de 2007 y establece que los símbolos de exaltación a la dictadura son contrarios a la memoria histórica. Antes del plano nacional, territorios como la Comunidad Valenciana ya recogían este asunto en sus leyes autonómicas. Prueba de ello son algunas de las multas que en Valencia se han impuesto por portar este símbolo inconstitucional. La más destacada sea, seguramente, la de 4.000 euros a dos participantes de España 2000 el 12 de octubre de 2021.


Fuente → elplural.com 

banner distribuidora