Ayer se cumplían ochenta y seis años del golpe de estado que ha situado España como el segundo país con más fosas comunes donde permanecen casi ciento quince mil personas sin identificar. Para poder reparar la memoria de las víctimas, la semana pasada el Congreso aprobaba la ley de memoria democrática entre promesas de la oposición de tumbarla al llegar al gobierno y críticas de las asociaciones de ser insuficiente. Daniel Canales, investigador de Amnistía Internacional especializado en derechos humanos y justicia internacional asegura que “el camino es seguir ampliando derechos y no prometer derogaciones”.
La nueva ley considera ilegal el franquismo, prohíbe la exaltación a la dictadura y que las fundaciones hagan apología al régimen, reconoce la persecución de la cultura catalana, gallega y vasca, el Estado se compromete a la búsqueda de las víctimas y creará un banco de ADN, permitirá el acceso a documentos franquistas, creará lugares de memoria democrática y retirará 33 títulos nobiliarios otorgados durante el franquismo. ¿Es suficiente esta ley?
Constituye una mejora respecto el marco legislativo vigente, aprobado en 2007. Uno de los puntos que nos parecen más relevantes es que las tareas de búsqueda e identificación de personas víctimas de desaparición forzada, se impone como una obligación para el Estado. El modelo actual hacía recaer la obligación en asociaciones y en familias. Que pase a ser obligatorio para el Estado era una reclamación de Naciones Unidas desde hacía tiempo. Otro punto que nos parece muy oportuno es incorporar formación en el currículo educativo. Entonces, sí, hay muchas medidas que suponen un avance en el reconocimiento y en la reparación de las víctimas, pero hay grandes áreas que la ley no contempla. La principal ausencia es la investigación judicial de los crímenes franquistas y la promoción de una política estatal de promoción de la verdad. Son los déficits que Amnistía Internacional apuntábamos, ya con el anteproyecto, donde reclamábamos abordar el acceso a justicia y no se ha acabado por hacer.
Las tareas de búsqueda e identificación de personas víctimas de desaparición forzada, se impone como una obligación para el Estado
Desde algunas asociaciones se ha criticado que se mantienen los obstáculos para juzgar los crímenes franquistas y hacen que la única causa que los investiga sea en Argentina. ¿Cuáles son esos “obstáculos”?
El principal obstáculo es la ley de amnistía de 1977 que ha sido reinterpretada y aplicada por los tribunales españoles como un impedimento para poder investigar crímenes en base al derecho internacional sucedidos en el pasado. Nosotros creemos que la ley debería de excluir la interpretación que hacen los tribunales nacionales. Además, el derecho internacional en materia de derechos humanos señala de manera clara que no se pueden aplicar amnistías ni indultos que eximan de responsabilidad a los perpetradores de estos graves crímenes.
El nuevo proyecto de ley de memoria democrática introduce a través de una enmienda que la ley de amnistía de 1977 debe de interpretarse conforme a los tratados internacionales ratificados por España. Estos crímenes en base al derecho internacional no son amnistiables ni están sujetos a prescripción. Es positivo que se haga un llamamiento a esta interpretación, pero ya debería de ser así. Creemos que se tendría que haber ido más allá, tal vez modificando la ley de amnistía.
Hay otros obstáculos que directamente no se han abordado. En marzo, se llevó al Congreso una modificación del Código Penal para introducir el principio de legalidad internacional que permitiría investigar crímenes, aunque en ese momento no estuvieran tipificados en el orden legal español, pero sí según la legalidad internacional. Esa posibilidad fue rechazada por el Congreso y no ha sido introducido en la nueva ley.
Un punto relevante también es la creación de un fiscal especializado en memoria democrática y que debe de tener un papel activo en la búsqueda e identificación de personas sujetas a desaparición forzada. Desde Amnistía Internacional tenemos la duda de qué poder tiene este fiscal si se mantiene la ley de amnistía de 1977 y la jurisprudencia del Tribunal Supremo que considera que no se pueden juzgar estos crímenes porque han prescrito o porque han fallecido la mayoría de los perpetradores. Hay obstáculos que la ley de memoria democrática ha renunciado a abordar y el Congreso también ha rechazado hacerlo.
Hay obstáculos que la ley de memoria democrática ha renunciado a abordar
Has mencionado la ley de amnistía de 1977, que desde el Gobierno califican como “reclamación histórica de la oposición antifranquista” aunque como has dicho la nueva ley de memoria democrática reconoce que se debe de “garantizar el derecho a la verdad de las víctimas de graves violaciones de los derechos humanos o del derecho internacional humanitario”. ¿Crees que la nueva interpretación supondrá un cambio en la aplicación de la ley de amnistía?
Es la gran pregunta. Si un tribunal reconoce que la ley de amnistía no es de aplicación, también debe de mirar si los crímenes han prescrito, si es de aplicación el principio de legalidad internacional, es decir, todo lo que dice el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional. Esos argumentos, hoy por hoy, persisten. Con la nueva ley de memoria democrática se matiza que la ley de amnistía de 1977 no es aplicable, pero hay obstáculos que persisten. Por lo tanto, con esta ley no se solventan los problemas que tienen las víctimas de acceso a la justicia desde hace décadas. Desde el año 2008 han sido once los informes de Naciones Unidas que han pedido a España que elimine los obstáculos en la investigación de estos crímenes, instando que se privara de efectos a la ley de amnistía y reclamando que España llevara a cabo investigaciones efectivas.
Con la nueva ley de memoria democrática se matiza que la ley de amnistía de 1977 no es aplicable, pero hay obstáculos que persisten
Se ha mejorado algo con la creación de una comisión estatal de ámbito independiente, para el estudio de estos crímenes. Aún y así, no llega a alcanzar lo que debería de ser una comisión propiamente dicha porque se restringe a un ámbito meramente académico, no se le conceden facultades de investigación propias ni efectivas. Tampoco se menciona que con dicha información puedan abrirse diligencias judiciales. Por lo tanto, la ley tiene puntos muy positivos en exhumaciones y en la declaración de nulidad, pero tiene muchos déficits en materia de justicia con unos obstáculos que persisten y con medidas que se quedan a medio camino. Y aunque la ley reconoce la nulidad de las sentencias dictadas en el marco de procedimientos injustos, de manera expresa excluye la indemnización del Estado como forma de reparación, algo que contraviene los estándares internacionales.
La ley tiene puntos muy positivos en exhumaciones y en la declaración de nulidad, pero tiene muchos déficits en materia de justicia con unos obstáculos que persisten y con medidas que se quedan a medio camino
También se ha hablado mucho de que se estudien crímenes hasta 1983, una demanda de Bildu. Muchas de las críticas afirman que este periodo cuestiona la Transición. ¿Te parece acertado que sea hasta 1983?
No tenemos un posicionamento en el marco temporal que debe de tener el estudio de estos crímenes, aunque si creemos que es positivo que sean periodos amplios. Desde Amnistía Internacional, siempre hemos defendido el estudio de los crímenes que van desde la guerra civil hasta el final del franquismo. Nuestra crítica no es en el periodo de estudio sino en las características atribuidas a este órgano de investigación, reducido a un ámbito académico. Esperamos que en el trámite que se inicia en el Senado, algunas de estas cuestiones se puedan corregir y mejorar.
El PP ya se ha comprometido a derogar la ley cuando llegue al gobierno. ¿Crees que las críticas son por los apoyos parlamentarios, en este caso Bildu o por el contenido de la ley?
Es preocupante que haya partidos que ya prometan su derogación. Es una ley que incorpora medidas importantes en términos de derechos humanos. Fabián Salvioli, relator de Naciones Unidas para la promoción de la verdad, justicia y reparación, en un informe presentado en septiembre del año pasado, señalaba que en España la impunidad de los crímenes franquistas persiste y el país tiene como tarea pendiente abordar su pasado como una cuestión de derechos humanos y no de manera partidista. Por lo tanto, el camino es seguir ampliando derechos y no prometer derogaciones.
Entonces, ¿esta propuesta de ley es un buen inicio para contemplar la memoria democrática desde un prisma de derechos humanos y no tanto desde una perspectiva partidista?
Incorpora novedades importantes en materia de derechos humanos. Por eso es preocupante que ya se prometa su derogación. Es una ley de vocación de mejora de la de 2007 y que incorpora demandas de organismos internacionales, como la responsabilidad del Estado en exhumaciones o la declaración de nulidad de las sentencias dictadas en el marco de procedimientos injustos. Por lo tanto, es una buena ley pero que en aspectos muy importantes se queda a medio camino, con el acceso a justicia o la promoción de una política de verdad.
En el debate de la ley, un diputado de Vox afirmó que “Puig Antich no fue ejecutado por anarquista sino por matar a un policía”, unas declaraciones que supusieron el abandono de algunos diputados del hemiciclo. ¿Crees que fue una justificación?
El caso Puig Antich no contó con garantías de juicio justo, por razones ideológicas. Vox no presentó enmiendas a la ley, porque es un texto en el que no creían para nada.
Fuente → catalunyaplural.cat
No hay comentarios
Publicar un comentario