La instauración de la II República 91 años después

La instauración de la II República 91 años después
José Feria Portero

El año pasado 2021 se cumplieron 90 años de la proclamación de la Segunda República, una efeméride que tuvimos que pasar en medio de una pandemia de la covid19 que se ha llevado a más de cien mil personas al estado español, y 18.900 aproximadamente en Cataluña, especialmente en residencias, y que ha llegado a infectar a más de 2 millones de personas en Cataluña. En este contexto, debemos lamentar también el conflicto entre Rusia y Ucrania, y el reconocimiento del gobierno español a entregar definitivamente el Sáhara a los marroquíes, camino iniciado en 1975.

Es en esta situación que celebraremos un año más esta efeméride que tanto nos gusta celebrar a los republicanos y republicanas, condenando el golpe fascista de 1936 y los 40 años de dictadura franquista a los que dio pie. Al mismo tiempo, rendiremos un año más homenaje a los republicanos que dieron su vida o fueron represaliadas por la dictadura, para luchar por la libertad y la justicia social.

La constitución republicana todavía es hoy un símbolo de la capacidad de transformación social que puede tener un cambio de régimen. Se trataba de una constitución muy avanzada en sus tiempos que, de hecho, todavía superaría hoy en día algunos de los preceptos de la constitución de 1978; algunos de sus artículos más destacados nos darían garantías, por ejemplo, a fin de no entrar en ninguna clase de bloque militar agresivo como es la OTAN, así como tampoco enviar armas a Ucrania para seguir perpetuando un conflicto que está poniendo fin a la vida de personas. Así pues, nos gustaría volver a poner de manifiesto algunos de estos artículos tan avanzados:

Artículo 1. España es una República democrática de trabajadores de todo tipo, que se organiza en régimen de Libertad y Justicia. Los poderes de todos sus órganos emanan del pueblo. La República constituye un Estado Integral, compatible con la autonomía de los Municipios y Regiones.

Artículo 2. Todos los españoles serán iguales ante la ley.

Artículo 3. El Estado español carece de religión.

(…)

Article 6. Espanya renuncia a la guerra com a instrumento de política nacional.

(…)

Artículo 25. No podrán ser fundamento de privilegio jurídico: naturaleza, filiación, sexo, clase social, riqueza, ideas políticas ni creencias religiosas. El Estado NO reconoce distinciones y títulos nobiliarios.

(…)

Artículo 36. Los ciudadanos de uno y otro sexo, mayores de veintitrés años, tendrán los mismos derechos electorales tal y como determinen las leyes. 
 

Tal y como se puede comprobar, pues, y más allá del ejemplo que hace referencia al artículo número 6, que nos habla de la renuncia explícita a la guerra, se hace una mención directa al reconocimiento de los derechos de las mujeres, del derecho a la educación, de la no imposición de religión alguna oa la igualdad plena entre ciudadanos.

Este año, un grupo de hombres y mujeres de la comarca del Vallés Oriental, incluyendo el municipio de Mollet, están preparando una consulta popular estatal para que, esta vez si, la ciudadanía pueda hacer oír su voz en la elección entre la Monarquía actual o un estado Republicano verdaderamente democrático y avanzado tanto en el ámbito social como en el económico o el cultural. Aunque no sea vinculante, permitirá saber algo que el CIS no pregunta de hace años, y seguirá haciendo crecer la legitimidad de un referéndum que llegaría más de 40 años tarde. Esta consulta se celebrará el próximo 14 de mayo, y como republicanos hacemos un llamamiento a la participación, pero especialmente a apoyar la opción de la república.

¡Viva la República!


Fuente → realitat.cat

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