¿Quiénes condenaron a las 13 Rosas y los 43 claveles?
Rosa García
El 5 de
agosto se cumplieron 82 años del fusilamiento, en las tapias del
cementerio del Este de Madrid, de 56 militantes de las Juventudes
Socialistas Unificadas y del PCE, entre las que se encontraban las
conocidas como las Trece Rosas: Carmen, Blanca, Julia, Elena, Ana, Martina, Dionisia, Pilar, Adelina, Virtudes, Joaquina, Victoria y Luisa.
Tanto ellas como ellos fueron valientes defensores de la legalidad
republicana frente a los golpistas fascistas y se les condenó a muerte
en juicio sumarísimo dos días antes, el 3 de agosto de 1939, cuatro
meses después de que las tropas franquistas entraran en Madrid y
declararan el fin de la guerra que ellos mismos habían provocado.
Fueron
acusadas falsamente del atentado contra Gabaldón –un comandante de la
guardia civil adscrito al Servicio de Información y Policía Militar
(SIPM)– y condenadas por "adhesión a la rebelión". Sus
nombres no se han borrado de la historia gracias, en primer lugar, a
quienes guardaron el recuerdo durante muchos años, a la prensa
internacional que se hizo eco de las barbaridades de la represión
franquista y a quienes vienen luchando desde hace tiempo por rescatar la
memoria histórica del olvido y la amnesia impuestas.
Pero
hay otros nombres que hay que tener en cuenta: los que hicieron posible
estos asesinatos. En primer lugar, los militares que firmaron su
sentencia de muerte: Cardeño Gurich, presidente del tribunal; Sigüenza Plata, Sarte Julia, Feinganapan Ruiz, vocales; y García Marco, vocal ponente. Es curioso que estos nombres no sean tan conocidos como debieran, aunque figuren claramente en la sentencia.
Franco
dictó un Bando de Guerra, en julio de 1936, que suprimía todos los
derechos reconocidos en la Constitución republicana de 1931 para así
poder instaurar su nuevo régimen con total libertad e impunidad. La
justicia militar franquista recuperó el Código de Justicia Militar de
1890, que había sido reformado por la II República, el 11 de mayo de
1931, que restringía, precisamente, las competencias de los militares
para juzgar a civiles.
A través de varios decretos, Franco había
creado los Consejos de Guerra Permanentes en todas las provincias,
constituidos por un presidente (generalmente un comandante), un vocal
ponente jurídico y tres vocales (tenientes o capitanes), que incoaban
tres tipos de procedimientos: ordinarios, sumarísimos o sumarísimos de
urgencia, aunque casi siempre eran los dos últimos. Estos procedimientos
sumarísimos se iniciaban por denuncia, atestado, expediente de
depuración o expediente abierto en los campos de concentración y
prisiones. Su característica principal es que tanto el sumario como su
instrucción se declaraban secretos de oficio. La fase de instrucción
habitualmente se basaba en "informes" aportados por la Guardia Civil y
la Falange, el párroco, alcalde o cualquier otra persona considerada
"autoridad", todos ellos con demostrada adhesión al régimen franquista.
Una vez realizada esta "instrucción" se nombraba defensor, militar por
supuesto, y se entregaba el informe al fiscal y la defensa hasta la
señalización de la vista, que la mayor parte de las veces era cuestión
de días e incluso de horas. Este procedimiento se mantuvo inalterable a
lo largo de toda la dictadura, como se pudo comprobar en los juicios
sumarísimos de septiembre de 1975, hecho denunciado por los abogados
defensores.
En 1945 la cifra total de la población reclusa se
había reducido en un 70% respecto a 1939 (43.812 frente a 270.719).
Además del exterminio de los presos políticos por fusilamiento, muertes
por inanición y enfermedades debidas a desnutrición, hacinamiento. falta
de higiene y malos tratos, la cantidad fue disminuyendo a partir de
1940 a través de varios decretos que establecieron las condiciones para
conceder la libertad condicional y también por la creación del Patronato
para la Redención de Penas por el trabajo, a donde eran trasladados los
presos condenados que tuvieran "buena conducta y hubieran aprobado el
examen de religión" para trabajar en beneficio del Estado, órdenes
religiosas y empresas, como trabajo forzado en realidad. Después de la
derrota de la Alemania nazi y la Italia fascista en la II Guerra
Mundial, Franco intenta congraciarse con las democracias occidentales –y
en especial con Estados Unidos– y firma, el 9 de octubre de 1945, un
indulto para los encausados por delitos políticos o como consecuencia de
actos de la guerra, pero con la cláusula de que no se aplicara
a los militantes del PCE, ni a los condenados por delitos con resultado
de muerte, violaciones o profanaciones. Por supuesto, las condenas de
muerte y los fusilamientos se mantuvieron hasta el final del franquismo,
incluso contra mujeres, como Concepción Tristán y María Jesús Dasca,
indultadas a última hora.
En el caso que nos concierne, conviene recordar también a otros:
Roberto Conesa,
que delató y torturó a las 13 Rosas. Reconocido torturador de la
Brigada Político Social donde ejerció como jefe durante toda la
dictadura franquista y ampliamente condecorado incluso en democracia.
Maestro de otros torturadores como González Pacheco, Billy el Niño.
Murió con sus condecoraciones y sin que nadie le pidiera cuentas de sus
atrocidades.
Eugenio Espinosa de los Monteros, primer gobernador militar de Madrid tras la guerra, que se encargó de organizar la represión y los fusilamientos en Madrid.
Ramón Serrano Suñer,
ministro de Gobernación, uno de los artífices del nuevo régimen.
Reconocido colaborador con la Alemania nazi, organizador de la División
Azul e impulsor de leyes y decretos que establecieron las bases
jurídicas del franquismo. Instigó la venganza contra los detenidos por
el asesinato de Gabaldón logrando que se fusilaran a 67 personas.
Manuel Gutiérrez Mellado,
capitán del ejército y jefe del SIPM en esa época, llegó a
vicepresidente y ministro de Defensa en el Gobierno de Suárez, desde
1977 a 1981. Se cree que dirigió las investigaciones del atentado contra
Gabaldón y posiblemente participó en los interrogatorios de los
detenidos, aunque su papel más conocido fue como quintacolumnista,
facilitando desde Madrid información sensible al ejército franquista
durante toda la guerra.
Es preciso que se conozcan todos los nombres de quienes contribuyeron
a esta ignominia un 5 de agosto de 1939 –torturadores, delatores,
pelotones de fusilamiento– porque también forman parte de la memoria
histórica, como verdugos. Y debería caer sobre ellos la condena que
merecen por ser responsables de delitos de lesa humanidad.
Todas
las sentencias del franquismo siguen siendo válidas ya que, al
contrario de lo que hizo Franco, la transición no abolió las leyes
anteriores porque no hubo ruptura sino "reforma" y en ello llevamos 46
años. El pasado 20 de julio el Gobierno aprobó el Proyecto de Ley de
Memoria Democrática, tras casi un año desde su presentación, y en el
articulado se proclama la nulidad de las condenas y sanciones pero no se
declaran ilegales los tribunales que las dictaron ni las leyes sobre
las que se basaron, ¿por qué?
"No hay mal que cien años dure"
dice el refrán, sin embargo, ya han pasado 85 años del golpe fascista
contra la II República y 82 de estos viles fusilamientos. Estamos
luchando por una ley de memoria democrática que ponga punto y final a la impunidad del franquismo,
no queremos otro brindis al sol como la anterior ley. Ya es demasiado
tarde y el tiempo no puede seguir pasando sin conseguir lo que establece
la justicia internacional como derechos imprescindibles: verdad, justicia y reparación como garantías de no repetición.
Sabemos lo que queremos, tenemos la necesidad de conseguirlo y pedimos el apoyo de todas y todos en esta lucha de HOY, del PRESENTE, absolutamente necesaria para conseguir una democracia de calidad que nos asegure un futuro mejor.
Imagen 2: Ofrenda floral ante la placa de homenaje a las 13 Rosas
Fuente → blogs.publico.es
1 comentario
Gracias por todo.
No solo en nombre de las víctimas y sus familias, sino en nombre de la justicia y de quienes tenemos el color morado incrustado en lo más profundo de nuestra conciencia.
Gracias por todo.
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