Estos días, antes del trámite parlamentario, de la Ley de Memoria Democrática, se están escribiendo muchos artículos, donde se ponen de manifiesto las posturas de las diferentes asociaciones de memoria histórica y de algunos partidos políticos. Podemos deducir que, posteriormente, se transformaran en enmiendas a la Ley de Memoria democrática.
Me gustaría detenerme en el que lleva el título: «El nou projecte de llei de memória espayola», escrito por Joan Tarda, ex diputado de Esquerra Republicana de Cataluña, y Josep Cruanyes miembro de la Comissio de la Dignitat.
Como lo que más conozco, es el tema de los tribunales franquistas y los consejos de guerra, voy a comentar lo que dicen, con lo que estoy totalmente de acuerdo.
En el artículo se critica que los tribunales franquistas sean considerados «ilegitimos» y se pretenda deducir una nulidad de las resoluciones y sentencias, sin que el Estado tenga ninguna responsabilidad patrimonial.
Continua el articulo, diciendo que «no es banal negar que se considere ilegales, pues responde a no querer poner en cuestión la estructura legal de la represión franquista, queriéndonos hacer ver, que esos tribunales van a actuar de manera malévola por iniciativa propia…”
Pero la realidad es que
nada más organizarse la Estructura del Estado, en enero de 1938 la
Administración Central del Estado franquista, se va articulando la
política judicial, junto a otras ramas ministeriales, y se restablece el
Tribunal Supremo, en agosto de 1938, dentro de la estructura de la
represión franquista.
Su creación se encargó a la Comisión de
Codificación, órgano consultivo, formado por juristas de prestigio
franquistas, rama tradicionalista y falangista.
Mientras sigue su
funcionamiento el Tribunal Supremo, bajo la legalidad de la Constitución
Republicana de 1931 en los territorios republicanos.
Como nos
explican Tarda y Cruanyes, el Parlament de Catalunya en el 2017 aprobó
por unanimidad una ley en donde esos tribunales se declaran «ilegales»
pues se basaban en unas normas dictadas contra la legalidad republicana,
tanto judicial administrativa como penal, entre las cuales Catalunya
tenía amplias competencias en el ámbito de la justicia, emanada del
Estatut de 1932.
Si reconocemos que dicho Estatut, se creó bajo la Constitución republicana, que lo preveía en 1931, sería muy sencillo seguir el camino abierto por la Generalitat y poner en la futura ley de Memoria «española» que todos esos tribunales franquistas eran Ilegales, y por tanto sus resoluciones y sentencias nulas .
Alguna vez, habrá que romper con el enorme entramado legal de la represión franquista, que sigue vigente, en muchos aspectos.
Por ejemplo , una de las instituciones republicanas víctima también de
la represión franquista, y que conozco muy bien, fue la Junta para
Ampliación de Estudios (JAE), que fue disuelta el 19 mayo de 1938, desde
Burgos, por el ministro de Educación, el monárquico Pedro Sainz
Rodríguez, y supuestamente todos sus bienes y servicios traspasados al
recién creado en 1937, Instituto de España (que recogía a las 8 reales
academias). Posteriormente, por ley de 24 de Noviembre de 1939, se crea
el Consejo Superior de Investigaciones Científicas, al que se le
traspasa los bienes del Instituto de España. Todo ello, por normativa
ilegal, ya que la JAE siguió activa en las ciudades de Madrid, Valencia y
Barcelona, hasta el final de la guerra, en Abril de 1939.
Sus científicos, fueron duramente represaliados, por esos tribunales, que les condenaron a cárcel , multas y depuración, como fue el caso del doctor Luis Calandre Ibañez, subdelegado de la JAE en Madrid , y director del Hospital de Carabineros en la Residencia de Estudiantes, que sufrió tres consejos de guerra sumarísimos, el de Responsabilidades políticas, y el del Colegio de Médicos.
Fuente → loquesomos.org
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