La Inviolabilidad del rey según la Constitución

La Inviolabilidad del rey según la Constitución
Manel Mas

Este es un tema del que se ha hablado mucho y la división de opiniones se incrementa desfavorablemente en contra de su mantenimiento tal como se interpreta actualmente.

Vemos que dice la carta magna en su título 3º Dedicado a la Corona.

Artículo 56

1/ El Rey es el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera y regula el funcionamiento de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales, especialmente con las naciones de su comunidad histórica, y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes.

2/ Su título es el de Rey de España, y podrá utilizar los otros que correspondan a la Corona.

3/ La persona del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos serán siempre refrendados en la forma establecida en el artículo 64, y sin este referendo no tendrán validez, salvo lo que dispone el artículo 65.2.

Artículo 64

1/ Los actos del Rey serán refrendados por el presidente del Gobierno y, si se tercia, por los Ministros competentes. La propuesta y el nombramiento del presidente del Gobierno y la disolución prevista en el artículo 99 serán refrendados por el presidente del Congreso.

2/ De los actos del Rey serán responsables las personas que los refrenden

Artículo 65

2/ El Rey nombra y releva libremente los miembros civiles y militares de su Casa.

Los que, como un servidor, no somos expertos en la materia, no entendemos que la inviolabilidad le otorgue carta blanca de forma que, haga lo que haga, no se le puedan pedir responsabilidades ni juzgarlo en caso de cometer algún tipo de delito, fraude o enriquecimiento personal aprovechándose de su cargo.

Entiendo que la inviolabilidad la tiene en función del trabajo que tiene asignado como jefe de estado, pero no veo normal que lo proteja de cualquier acto de carácter personal, al menos esta opinión la tiene una gran parte del pueblo y es de dominio público.

Durante décadas el rey Juan Carlos, según explica el economista Roberto Centeno, ha percibido comisiones por la compra de petróleo a Arabia Saudí, este dinero los hemos pagado los ciudadanos a la hora de llenar el depósito de nuestros vehículos. Ignoro si se puede considerar un delito pero si muy poco ético por su parte.

No hay duda que, a la muerte del dictador, contribuyó a la transición política de España, pero, y aquí no le doy toda la culpa del régimen que salió, pero, la transición se percibe del todo inacabada por las formas todavía existentes de la etapa anterior, administración, fuerzas armadas, justicia, educación…

En este momento el tema de la inviolabilidad vuelve a estar sobre la mesa. Según la opinión de algunos políticos se debía de modificar o anular. No podemos admitir que la justicia sea igual para todos y quien debiera dar la máxima ejemplaridad quede al margen.

Vean un resumen de lo que ha sido la actuación del rey emérito durante su etapa como jefe de estado.

¿Qué piensan ustedes, queridos lectores? ¿Están de acuerdo en mantener la inviolabilidad del rey en los términos actuales o habría que modificarla o incluso anularla? ¿No es una vergüenza que el emérito haya reconocido el fraude fiscal cometido y, por ello, ha hecho una regularización para evitar ser imputado por un delito? ¿No resulta anecdótico que, si lo hubiera hecho antes del año 2014, estaría muy tranquilo tomando un aperitivo y riéndose de todos nosotros?


Fuente →  diario16.com

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