
Muchos
representantes públicos también coinciden en que las penas impuestas por
el Tribunal Supremo, utilizando la tipificación de la sedición, son
desproporcionadas (injustas) y inadecuadas (fuera de contexto)
Una parte importante de responsables políticos reconocen, ya sea
en público o en privado, que la "crisis catalana" no encontrará
solución o, como mínimo canalización, hasta que los dirigentes
independentistas estén en la calle (y quizá los exiliados en casa). No
es un dato menor, por poner un ejemplo, que el presidente de uno de los
principales partidos que han dado vida a la XIV legislatura esté privado
de libertad. La anomalía que supone esta situación introduce un alto
componente de emotividad en la contienda política. En este sentido,
Pedro Sánchez hablaba en su discurso de investidura de la necesidad de
"recomenzar", de "retomar la senda de la política dejando atrás la
judicialización del conflicto".
Muchos representantes públicos también coinciden en que las
penas impuestas por el Tribunal Supremo, utilizando la tipificación de
la sedición, son desproporcionadas (injustas) y inadecuadas (fuera de
contexto). Estas son fruto de la activación de una suerte de activismo judicial que tiene más que ver con un comportamiento corporativo
de la cúpula judicial, orientado a la salvación de la unidad de España
entendida como bien superior, que con la aplicación liberal del derecho.
En del debate público español y catalán se indentifican tres
vías que permitirían desescalar los efectos de la judicialización de la
política. Vamos a detallarlas.
Vía política penitenciaria. El objetivo de esta
estrategia es explorar al máximo los espacios que ofrece la ley y el
reglamento penitenciario para que a las personas presas se les puedan ir
concediendo salidas de la cárcel. Por un lado se encuentra el avance en
la clasificación penitenciaria: en este caso el paso del segundo grado
-ordinario- al tercero, conocido también como de semi-libertad. Por el
otro, sin acceder al tercer grado, también se puede disfrutar de
permisos gracias a la flexibilidad que ofrece el articulo 100.2 u otros
del reglamento penitenciario.
El protagonismo en esta vía recae en las juntas de tratamiento
de las cárceles (funcionarios de distintas especialidades) y la
administración penitenciaria (en este caso la conselleria de justicia).
Una vez concedidos pueden ser objeto de recurso al juez de vigilancia
penitenciaria o al juez sentenciador. Esta vía es la preferida por el
PSOE: el mismo sistema carcelario es el que va flexibilizando el
encarcelamiento. Ahora bien, la revocación ayer de los permisos
concedidos a Carme Forcadell por parte de la sala segunda del TS, y todo
lo que se deriva, parece cerrar esta opción. La única posibilidad de
salvar esta opción sería que las fiscalías se inhibieran de recurrir,
difícil a estas alturas.
Vía acción gubernamental: indultos. El gobierno
tiene la facultad de indultar a personas penadas. El indulto es un
derecho de gracia regulado por ley el 18 de junio de 1870: tiene como
efecto la extinción de la responsabilidad criminal. Este instrumento
decimonónico se encuentra recogido en el artículo 62.I de la
Constitución y se materializa vía Real decreto publicado en el BOE. Este
puede ser pedido por las personas afectadas pero también por otras,
tribunales, gobierno, etc.
Desde un punto de vista técnico, se trata de la medida de más
fácil y rápida aplicación. Ahora bien, algunos miembros del gobierno
creen que puede tener costos políticos: a diferencia de la anterior
requiere de una acción propositiva por parte del ejecutivo (juega a
favor el hecho que nos encontramos a principio de legislatura). Aunque
esta vía no sea la apuesta pública de los independentistas, es evidente
que su activación desescalaría el conflicto y reforzaría la
triangulación progresista y plurinacional surgida de la moción de
censura. Estos días la UGT ha presentado formalmente la solicitud de
indulto para la exconsellera Dolors Bassa, podría ser el inicio del
camino.
Vía acción legislativa: modificación código penal o ley amnistía.
Dos más son las propuestas, estas a desarrollar en sede parlamentaria.
En Comú Podem apuesta por la modificación del código penal que, a parte
de otras medidas, buscaría hacer una definición restrictiva del delito
de sedición. Este cambio comportaría una aplicación retroactiva
beneficiosa al reo. Además buscaría evitar que en un futuro se aplicase
el tipo penal a miembros de movimientos sociales. Por otro lado, Omnium
Cultural impulsa una amplia campaña para empujar la elaboración de una
ley de amnistía que ponga el contador a cero. Y evitar el goteo de casos
que irán poblando los tribunales, secuelas aún de los hechos de
octubre. Estas dos propuestas tienen como elemento positivo el hecho que
se impulsan desde la sede donde recae la soberanía popular,
posibilitando debate y deliberación, aunque es cierto que se requiere de
tiempo y conseguir amplios consensos.
En resumen, una vez cerrada la vía de la flexibilización de la
política penitenciaria por parte de la misma sala del Tribunal Supremo
que dictó la sentencia, llega la hora de la política. Ya solo se pueden
desandar los efectos de la judicialización del contencioso, a espera de
Estrasburgo, con acciones llevadas a cabo desde el ejecutivo o el
legislativo, o de los dos en paralelo. Ministras y diputadas deben ser
conscientes que solo ellas pueden ser las nuevas protagonistas de la
desescalada. Eso si, para que algunas de estas medidas tengan recorrido
quizá sería necesario un reparto de papeles: los miembros del ejecutivo
mostrando su compromiso y valentía para hacer el camino; aquellos que
forman parte de la correlación de la moción de censura bajando el tono
de la conversación pública para posibilitar avances materiales.
Complejo, porque los andares deberían ser acompasados. Pero necesario
para salir del agujero.
Fuente → eldiario.es
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