República democrática de trabajadores
Eduardo Montagut
En 1931 España quedó definida en el artículo primero de la Constitución como:
“… una República democrática de trabajadores de toda clase, que se organiza en régimen de Libertad y de Justicia”
“… una República democrática de trabajadores de toda clase, que se organiza en régimen de Libertad y de Justicia”
Este artículo recuerda la defensa que de la definición de “República democrática de trabajadores” realizó Luis Araquistain en el debate constitucional. El discurso fue un análisis sobre el trabajo y el trabajador, y su vinculación con España.
En el Congreso se puso a discusión el voto particular de los socialistas en la Comisión, en los términos siguientes: “España es una República democrática de trabajadores. Los Poderes de sus órganos emanan del pueblo”.
Araquistain defendió la presentación, de nuevo, del voto que no había sido aprobado en la Comisión, no como un prurito de partido, afirmó, ni con el propósito de inscribir en la Constitución una alusión en relación con la lucha de clases. El concepto de trabajador que querían darle los socialistas en este artículo primero era el de toda persona que desempeñase una función “que interese espiritual o materialmente a la sociedad”. También sería trabajador quien ejerciese una profesión intelectual, quien prestase un servicio útil. Y hasta el propietario lo sería, dejando de lado los beneficios que pudiera recibir de la función social que realizara. Solamente quedarían fuera, siempre según el intelectual y político socialista, aquellos que fueran vagos u ociosos. Eso no era obstáculo para que Araquistain recordase que para los socialistas el concepto de trabajador no era tan amplio, porque era evidente que pretendían la transformación de la sociedad. No se renunciaba, en realidad, a la lucha de clases, pero no se quería imponer ese concepto en el texto constitucional.
Después quiso dejar claro que la dictadura del proletariado era un fenómeno ruso, algo que no tenía razón de ser en todos los países. Para terminar con la propiedad no había que eliminar las clases vencidas, sino integrarlas en una sociedad basada en el principio de igualdad. El orador socialista parecía querer aquietar temores.
Y en esa línea defendió que no se pretendía hacer una Constitución socialista, porque, aunque alcanzando el poder, con su poder transformador, los socialistas españoles sabían los límites que había que tener.
Se quería traer a España un “postulado de trabajo” anterior a Marx, por lo que no sería exclusivamente socialista. Citó a Ortega y Gasset cuando había hablado de que España debía ser un pueblo de trabajadores.
El ponente del voto explicó que era cierto que el principio de los trabajadores aparecía en la Constitución soviética, pero también en otra del extremo político contrario, en la italiana. Y eso ocurría porque el trabajo se había convertido en un precepto obligatorio en el siglo XX. Bien cierto era que no bastaba con que se recogiese en la Constitución para que todos los españoles se convirtiesen en trabajadores, pero su inclusión era original en el sentido de iniciar una nueva etapa en la Historia de España.
Araquistain terminó para justificar el voto socialista realizando un estudio del Estado y de la relación con el individuo hasta llegar a la valoración del trabajo en España. Ya se había terminado la época de los siervos en el Estado feudal, para pasar a la de ciudadanos del Estado “guardián de su libertad, la igualdad, de la fraternidad y de la dignidad ciudadanas”, es decir, se estaría refiriendo al Estado de Derecho, al que debía garantizar los derechos. Araquistain intentó en su razonamiento vincular este nuevo concepto de Estado con la idea de que España se definiese como una república de trabajadores, como un conjunto de hombres “asociados por normas de trabajo”. Era una forma de romper definitivamente con el “pasado feudal” de España, vinculado a la concepción servil del trabajo, causa de su decadencia. Un estigma que permanecía en la burguesía española.
Hemos trabajado con el número 7053 de El Socialista. El texto completo se puede consultar en el número 7054.
Sobre Araquistain recomendamos el estudio preliminar que Ángeles Barrio Alonso realizó en la edición facsímil de la Polémica de la Guerra de nuestro protagonista, y que la Fundación Francisco Largo Caballero publicó en el año 2008.
Fuente → elobrero.es
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