Más allá de un pacto II:
Julio Anguita
Apenas han pasado diez días de la comparecencia de Pedo Sánchez ante el Congreso de los Diputados. En este breve espacio de tiempo han quedado meridianamente claras tres cuestiones.
La primera es que el modelo económico, social y de valores característico del neoliberalismo, no es válido como mecanismo idóneo para construir una sociedad de DDHH y de respuesta en positivo a las consecuencias derivadas del cambio climático. La segunda es que, tras la pandemia del coronavirus y las crisis de todo tipo que de él se derivan y las que él anuncia, estamos personal y socialmente ante una disyuntiva: continuar como si nada hubiese pasado -instalándonos en el suicidio colectivo- o afrontar un largo y arduo camino de reconstrucción ex novo, es decir, sobre bases económicas y pautas culturales y de valores diferentes. Y la tercera, que se deriva de la anterior (en la hipótesis de asumir el proceso de cambio), es el pacto, el acuerdo, el proyecto mayoritariamente compartido.
La Constitución dice que la participación ciudadana en política no se reduce solo a votar
Admitida la excepcionalidad de la situación presente y asumida la complejidad del proceso de reconstrucción, quedan por responder tres interrogantes sobre el pacto, sobre el acuerdo: ¿con quién?, ¿cómo? y ¿mediante qué mecanismos democráticos y constitucionales?
En la comparecencia ya referida, Sánchez, rememorando a Kennnedy, dijo: Deberemos pasar del qué pueden hacer los demás por mí, al qué puedo hacer yo por los demás. Estas palabras solamente admiten dos interpretaciones: o son una simple alocución retórica para pedir sacrificio y resignación a los de siempre, o bien admiten la apertura hacia la formación de un bloque social estructurado en torno a una propuesta, una agenda, un proceso, un programa. Personalmente considero que esta última opción es la única razonable, efectiva, práctica y constitucional.
El artículo 23 de la vigente constitución dice en su punto 1: Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal. Una lectura restrictiva del texto verá en la conjunción disyuntiva "o" la explicitación de la incompatibilidad entre la participación directa de la ciudadanía y la existencia de partidos políticos. Sin embargo, el artículo 6 del mismo texto dice que los partidos políticos soninstrumento fundamental para la participación política. Obviamente fundamental no significa único. ¿Cómo se puede sustanciar en la práctica esa vía de participación no ceñida exclusivamente a los partidos políticos?
Acostumbrados, (mal acostumbrados diría yo), a que la participación ciudadana en la política se limite exclusivamente a las convocatorias electorales, hemos ido admitiendo el reduccionismo que hace del ejercicio democrático un acto único y periódico de escoger entre las candidaturas que se nos presentan. Democracia es decidir en la elección de nuestros representantes en las instituciones, pero -también y además- es participación en la formación de los criterios, los valores, las prioridades y los contenidos éticos de Estado. Y ello no es una simple cuestión de encuestas .Las Cortes Generales son las únicas que tienen la potestad legal y legítima de legislar y decidir quién encabeza un Gobierno y de ejercer un control reglado sobre su acción gubernamental. Sin embargo, la participación o no del demos en la construcción de imaginarios y proyectos que cohesionen el funcionamiento global del sistema, cara a la superación de retos como el actual, es la que hace que éste sea fuerte y afronte con firmeza y respaldo explicitado en la cotidianeidad coyunturas, situaciones y crisis como la actual y las venideras.
¿Cómo se concretaría aquí y ahora este despliegue democrático tan indispensable para construir otro futuro? Lo abordaré en días sucesivos.
Fuente → eleconomista.es
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