Herencia de la dictadura y Lugares de Memoria
Demandas contra la impunidad
Los medios se han hecho eco de la notificación de la Dirección General de Memoria Democrática, por la que “se da por caducado el expediente presentado por la Plataforma por el Centro de Memoria de la Cárcel de Carabanchel para la declaración de los terrenos de la cárcel como Lugar de Memoria Democrática”.
¿Y qué es eso de “Lugar de Memoria”? Se trata de un concepto histórico del francés Pierre Nora, desarrollado entre 1984 y 1992, y en su libro Los lugares de la memoria. Según el historiador francés, “La historia se escribe ahora bajo la presión de las memorias colectivas, que buscan compensar el desarraigo histórico de lo social y la angustia del futuro a través de la valorización de un pasado hasta ahora no vivido como tal”. La noción es muy amplia y se viene aplicando tanto a objetos materiales (a un edificio o un terreno determinado), como a objetos inmateriales, a una consigna, una fórmula o a un periodo histórico. El “Lugar de memoria” es una cuestión de presente, y no se trata sólo de la importancia que pudo tener en el pasado, “sino más bien la que se le ha dado sobre el presente”.
La Ley 20/22 de Memoria Democrática del gobierno de coalición de P. Sánchez manipula a fondo el concepto con un procedimiento establecido en su artículo 49 y siguientes, en la forma que sigue: “Lugar de Memoria Democrática es aquel espacio inmueble, paraje o patrimonio cultural inmaterial o intangible en el que se han desarrollado hechos de singular relevancia por su significación histórica, simbólica, o por la repercusión en la memoria colectiva, vinculados a la memoria democrática, la lucha de la ciudadanía española por sus derechos y libertades, la memoria de las mujeres, así como con la represión y violencia sobre la población como consecuencia de la resistencia al golpe de Estado de julio de 1936, la Guerra, la Dictadura, el exilio y la lucha por la recuperación y profundización de los valores democráticos”. La Ley de Memoria Democrática, para la que, aparentemente, sólo son Lugares de Memoria aquellos que tienen que ver con la lucha por la democracia, en realidad sirve para realizar todo lo contrario: lugares que tienen que ver con la dictadura y la represión, dedicados por tanto a la apología del fascismo y la dictadura, se preservan mientras que la burocracia del régimen, y en primer lugar el propio gobierno, obstaculizan toda promoción tendente a la declaración de Lugar de Memoria, como las víctimas del franquismo demandan, formando parte de la exigencia universal de Verdad, Justicia y Reparación, contra la impunidad establecida por consenso de los partidos del régimen.
La Ley, que utiliza el concepto de “Lugar de Memoria”, debe ser también valorada en función de su eficacia, ahora que se van cumplir dos años de su promulgación. ¿Cuántos lugares de exaltación del fascismo han sido desmontados, y cuántos “Lugares de la Memoria Democrática” se han promovido en aplicación de la Ley de Memoria? Si nos referimos a Madrid, ningún Lugar de Memoria se ha constituido y, por el contrario, se han mantenido todos los que exaltan el franquismo, como el “Valle de Los Caídos”, principal monumento, donde unos treinta mil restos de republicanos siguen secuestrados oficialmente, sin que sus familiares puedan llevarlos a sus tierras. Se ha destruido el monumento dedicado a los miles de fusilados en las tapias del cementerio del Este y de la Almudena. Y han desparecido las cárceles de Yeserías, Porlier, Torrijos, Ventas, Comendadora y la misma cárcel de Carabanchel …, destruidas o transformadas por el régimen de la monarquía, a fin de borrar todo vestigio de memoria colectiva. De los más de 300 campos de concentración que hubo en toda España, no existe ninguno de ellos que pueda ser visitado como Lugar de Memoria. Solo en Madrid existieron los campos de concentración de Guadarrama-Somosierra, Leganés, Plaza de Toros de Vistalegre, Chamartín, Cuartel de la Montaña, El Pardo y otros diez más. Ha caído en el saco roto de la Ley las demandas de Lugar de Memoria referidas al casón de Correos, la antigua Dirección General del Régimen en la Puerta del Sol, significado lugar de detención y tortura de luchadores sindicales y políticos del movimiento obrero y democrático, así como otros muchos lugares similares en diferentes puntos geográficos.
Desde el año 2004, el equipo Nizkor (Gabinete internacional experto en Derechos Humanos) tuvo el acierto de establecer el concepto conocido como “Modelo de Impunidad Español”. Las Leyes de la Transición, elaboradoras para el consenso y la colaboración política entre la derecha y la izquierda oficial del régimen del 78, han impedido la justicia. Lo que significa que la legislación española sobre la Memoria ha sido elaborada, y se mantiene vigente, violando el Derecho Internacional Humanitario: El Derecho a la Justicia, el Derecho a la Reparación y las Garantías de no repetición.
La prueba de los hechos es la siguiente: 85 años después de la guerra, y 48 años después de la muerte del dictador, se sigue negando el derecho fundamental a la justicia a millones de víctimas del franquismo y a familiares, violando de forma deliberada todas las obligaciones internacionales contraídas por el régimen español desde 1977. En la Sentencia 101/2012 del Tribunal Supremo contra el juez Garzón, se condena a las víctimas del franquismo a la más absoluta impunidad, acto calificado por el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas como una condena sin garantías. Todos los familiares de víctimas que han llegado a los tribunales han podido comprobar que lo que llaman democracia no es sino la legalización consensuada de lo sustancial del franquismo. Todos los tribunales han declarado legales las sentencias franquistas, mirando para otro lado ante las torturas y asesinatos, obviando las desapariciones forzadas, impidiendo que se investigue a los torturadores y altos cargos denunciados. Por lo que la Ley de Memoria ha quedado reducida a una farsa que establece la desigualdad ante la ley y la injusticia.
En consecuencia, siguen prevaleciendo las sentencias del franquismo, y sus crímenes siguen siendo legales. Se niega la tutela judicial efectiva, y para colmo, niegan hasta la evidencia histórica de la existencia de millones de graves crímenes de lesa humanidad. Los crímenes del franquismo no se pueden denunciar mediante publicaciones, si en ellas se señalan los nombres de los asesinos. Los crímenes del franquismo no se pueden investigar y, en consecuencia, no pueden ser juzgados. Cuando, para blanquear esta situación histórica, se alude al carácter reaccionario de los altos tribunales y jueces, se oculta que sus resoluciones son conformes a las leyes celebradas por la izquierda oficial, elaboradas por consenso con los franquistas, y que gobiernos de todos los colores han mantenido desde la muerte del dictador: ¡Todo por el consenso y la “reconciliación nacional”!
La Ley de Memoria, por tanto, ha servido para mantener lugares que enaltecen el franquismo, y ha impedido que se hagan efectivas las demandas democráticas y sociales de las víctimas, impidiendo la cuestión clave de la justicia, ya que las leyes de impunidad, y los dictados-sentencias del Tribunal Supremo y del mismo Tribunal Constitucional, siguen imposibilitando que se juzguen los crímenes del franquismo. La impunidad es, sin duda alguna, la base política del régimen que protege la herencia de la dictadura. La lucha contra la impunidad, por la justicia y la democracia, debe ser puesta en primer plano en el capítulo de las verdaderas demandas políticas democráticas de cambio: por la nulidad de las leyes y sentencias que niegan la verdad, la justicia y reparación de las víctimas.
Por ello, hay que demandar a los dirigentes de los partidos y sindicatos la ruptura de pactos y consensos con los franquistas; para poder salir del bloqueo institucional, convocando un referéndum vinculante sobre la cuestión monarquía/república; para que los pueblos puedan recuperar su República, República destruida por el franquismo.
Fuente → elespacioindependiente.wordpress.com
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