El legado de Federica Montseny: por una ley catalana del aborto
El legado de Federica Montseny: por una ley catalana del aborto
Laia Estrada

Hoy en día existe un amplio consenso respecto a que la prohibición o penalización del aborto no acaba con su práctica, sino que lleva a las mujeres a someterse a abortos inseguros poniendo en riesgo su vida. En este sentido, la Organización Mundial de la Salud (OMS) calcula que cada año se producen 25 millones de abortos inseguros, los cuales son la tercera causa más habitual de muerte materna en el mundo - 39.000 mujeres son las que mueren a causa de un aborto inseguro- y dan lugar a 5 millones de discapacidades en gran medida evitables.

Pese al control y el estigma contra todo lo relacionado con la natalidad y el aborto ha perdurado hasta nuestros días de la mano de las posturas más conservadoras, encontrando en la iglesia su máximo defensor y promotor con todas las consecuencias que esto comporta, afortunadamente, cada vez son más los países que han abandonado la política de prohibición del aborto y han introducido fórmulas diversas de regulación. Sin embargo, la despenalización y la eliminación de todos los condicionantes ajenos a la voluntad de las mujeres siguen siendo una asignatura pendiente.

Éste es nuestro caso. La interrupción voluntaria del embarazo en Cataluña viene determinada por la imposición de la legislación del Estado español (en el conjunto de los Països Catalans también operan la legislación francesa y la andorrana, que es el país europeo, junto con Malta, con las leyes más prohibicionista), actualmente mediante la Ley Orgánica 1/2023. Ésta es la ley que este año incorporó modificaciones respecto a la ley de 2010, de salud sexual y reproductiva, que logró despenalizar el aborto durante las primeras catorce semanas, yendo más allá de los supuestos concretos que sólo permitía la de 1985.

Sin embargo, tal y como decía, a pesar de los avances alcanzados en la reciente modificación de la ley del aborto, en el Estado español el aborto todavía está recogido en el Código Penal y, por tanto, sigue penalizado, y se mantienen los plazos en los cuales es posible llevar a cabo el IVE, con un máximo de veintidós semanas en casos de riesgo grave para la vida o salud de la madre o del feto. A partir de entonces, sólo es posible interrumpir el embarazo en caso de que se detecten anomalías en el feto que sean incompatibles con la vida, o en caso de que se detecte una enfermedad "extremadamente grave e incurable en el momento del diagnóstico y así lo confirme un comité clínico".

Y alguien podrá decir que más vale esto que una prohibición absoluta o una regulación restrictiva como la de 1985. Cierto. Pero es necesario reconocer los avances en la garantía de un derecho no implica renunciar a su plena consecución. De hecho, los derechos o están plenamente garantizados o no lo están. Una libertad parcial no es libertad y, en este sentido, o tenemos una maternidad libremente decidida, con posibilidad de interrumpir el embarazo en todo momento, o bien tenemos una maternidad "parcialmente" decidida.

Así llegamos al reto que tenemos ante la mesa ahora mismo. Queremos alcanzar un aborto verdaderamente libre y gratuito, que requiere no sólo desplegar de forma efectiva las competencias que el pacto de las autonomías "generosamente" nos concedió, sino ir más allá de éstas y desbordar el marco constitucional español.

Se trata, pues, en primer lugar, de que el sistema sanitario catalán garantice el acceso al IVE en todo el territorio y en el seno de la red pública, dejando de pagar los más de 3 millones que cada año regalamos a las clínicas privadas, abordando la problemática tanto de la carencia de profesionales como de la objeción de conciencia. Aparte, evidentemente, de desplegar de una vez y consolidar un programa de educación sexual afectiva que llegue a todas las escuelas en el ámbito curricular, que es la base de los DSiR.

Y, en segundo lugar, como decía, es necesario desbordar el marco constitucional español, aprovechar las mayorías que tenemos en el Parlament de Catalunya, y avanzar en clave feminista ejerciendo soberanía en un Parlamento que cada vez legisla menos y está más supeditado en Madrid, aprobando una Ley Catalana del Aborto. Una Ley que despenalice la interrupción voluntaria del embarazo y que acabe con los condicionantes ajenos a la voluntad de las mujeres. Aparte de que la penalización del aborto atenta contra el derecho a la reproducción y la maternidad libremente decididas, la propia OMS reconoce que los condicionantes y las limitaciones relativas a la edad gestacional están asociados con el aumento de las tasas de mortalidad materna y malos resultados sanitarios. Y lo que es más importante: existen ejemplos exitosos de hace más de 30 años, como es el caso de Canadá, con una legislación que contempla el aborto como una práctica sanitaria más y, por tanto, como un derecho que no está condicionado por plazos temporales que regulan su acceso. El marco canadiense evidencia que legislar sin plazos temporales no sólo no comporta mayores tasas de aborto sino que aumentar el acceso al servicio precisamente disminuye la edad gestacional media en el momento del aborto.

Se trataría, pues, de aprobar una ley garantista, feminista, que responda a las amenazas de la ultraderecha en clave ofensiva y no a la defensiva y además basada en la evidencia. El Parlament de Catalunya ya ha acordado aprobar esta ley, gracias a los votos de Esquerra Republicana y Junts a la moción de la CUP que lo proponía. Una Ley que, además, sería un homenaje a la cenetista Federica Montseny, quien en 1937 legalizó al IVE hasta las doce semanas con un decreto que aplicó al bando republicano. Esta norma fue la más avanzada de toda Europa, después de la URSS, porque legalizó el IVE en 1920, sin determinar plazos y situó a Catalunya al frente de la garantía de los DSiR. Es hora de recuperar su legado.


Fuente → blogs.publico.es

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