La amnistía, una herramienta política recurrente que se ha aplicado decenas de veces en España
La amnistía, una herramienta política recurrente que se ha aplicado decenas de veces en España / Alexandre Solano 
 
El mecanismo ha sido utilizado de forma rutinaria cuando ha habido un cambio político 

Cuando hoy en España se habla de amnistía , se evoca casi siempre la de 1977, la última, como si fuera la única que ha habido. Pero la realidad es que se han aplicado decenas y que ha sido una herramienta recurrente que se ha aplicado en todos los momentos de cambio político con la voluntad de reconducir la situación.

Las amnistías en España se aplican desde el siglo XIX, y han convivido hasta la actualidad con los indultos, que se utilizan desde tiempos remotos. Aunque pueda parecer que tienen efectos similares, existen diferencias fundamentales. El indulto conlleva no tener que cumplir una pena como gesto de gracia, mientras que la amnistía va más allá e implica la desaparición de un delito en un período determinado, como si nunca hubiera existido, por lo que los afectados pasan a considerarse inocentes y se eliminan sus antecedentes penales. De hecho, la palabra 'amnistía' deriva del griego y significa "olvido del pasado".

Amnistía: las cinco preguntas clave sobre si es posible y cómo

De amnistías, hace casi cincuenta años que no se aprueba ninguna, pero los indultos son todavía de uso frecuente. Desde el año 1996, se han concedido 10.720 en España, 146 de ellos durante el gobierno de Pedro Sánchez .

Las amnistías, en un principio, se impulsaban de forma rutinaria siempre que terminaba un conflicto. En unos años convulsos, de enfrentamientos entre carlistas y liberales, se fueron sucediendo y los hubo en 1832, 1840, 1847, 1854, 1856 y 1860. Es decir, cada pocos años. Como es previsible, uno de los objetivos era hacer tabula rasa , desmovilizar al adversario y dejar atrás la disputa. Pero también servía para consolidar el régimen, dado que se condicionaba la amnistía al juramento de fidelidad a la reina española ya la constitución, y para realizar una autoamnistía, es decir, evitar que se pudieran perseguir los delitos cometidos por el bando gobernante .

Las insurrecciones, de la mano de las posteriores amnistías, continuaron siendo frecuentes durante la segunda mitad del siglo XIX. En 1869 se decretó una que afectaba a los movilizados contra las levas por la Guerra de Cuba, el gobierno de Joan Prim impulsó otra al año siguiente para amnistiar a los participantes en la rebelión que expulsó del poder a Isabel II, y en 1873, con la primera república española, se hizo una para evitar procesamientos contra quienes habían participado en insurrecciones republicanas o contra las levas.

Dado su alcance temporal y penal, no todo el mundo se veía beneficiado. Por ejemplo, con la de 1875, tras la rebelión militar que restauraba la monarquía borbónica, se aprobó un indulto general, pero quedaron excluidos los acusados ​​de “traición”, “lesa majestad” y “atentado y desacato en la autoridad”. La de 1890 se circunscribía a delitos electorales, una medida que puede considerarse de autoamnistía, en un régimen de la Restauración que se caracterizaba justamente por los pucherazos.

El aumento de la conflictividad social y nacional

El anarquismo, los movimientos de liberación nacional y las demandas de libertades fundamentales pasaron al centro de las reivindicaciones políticas, y las amnistías de principios de siglo XX afectaron principalmente a estos grupos. En 1906, se aprobó una que incluía los delitos de opinión y expresión relativos a la unidad de España y las fuerzas armadas. Todo esto era claramente insuficiente, y se aprobó otra dos años más tarde. En 1914 abarcaban también las huelgas de obreros, que entonces eran consideradas delitos, pero quedaban excluidos de la amnistía los insultos y las agresiones contra los militares. Hubo más en 1916 y, de nuevo, en 1918.

Tras la dictadura de Miguel Primo de Rivera, el general Dámaso Berenguer aprobó otra, en una situación de fragilidad del régimen, que en este caso incluía a republicanos conspiradores y militares, pero no sobre los presos sociales ni aquellos delitos que hacían referencia a la "integridad de la patria". Como consecuencia, a muchos ciudadanos, entre ellos Francesc Macià , no se les aplicó la medida, lo que provocó el efecto contrario al deseado por los gobernantes: aumentó el malestar y comenzó una recogida de firmas para la amnistía total que solo en el Principado logró cien mil firmas.

En la proclamació de la república del 1931 també n’hi va haver una, molt àmplia, però que excloïa els delictes comesos per càrrecs públics en l’exercici de les seves funcions per tal de jutjar els abusos i la corrupció de la dictadura. En la constitució espanyola republicana es reconeixien les amnisties, però es prohibia l’indult general, perquè ho consideraven una mesura massa arbitrària. De fet, encara ara és explícitament prohibit.

Como recurso habitual que era, la amnistía también fue utilizada por la derecha durante el bienio negro (1934-1936), y se liberaron a los militares sublevados de 1932 además de los condenados por delitos contra la República, por atentado y por sedición. Finalmente, en el período republicano hubo una amnistía por delitos políticos y sociales a raíz de la victoria del Frente de Izquierdas en febrero de 1936.

Entre los miles de presos que salieron en libertad, estaban los miembros del gobierno catalán y el presidente Lluís Companys , una liberación fundamentada en el “resultado de las elecciones”. Esto demuestra el vínculo entre amnistía y cambio político con el objetivo de reconducir conflictos y pacificar la vida política y social. Pero, en estos últimos años, se evidenciaba que pasaba a ser una medida para restituir a los partidarios, más que para protegerse de futuras acusaciones o apaciguar al adversario, como a principios del siglo XIX.

Un franquismo sin "amnistías"

El dictador Francisco Franco nunca aprobó ninguna ley que fuera denominada de amnistía, pero sí otras que tenían un efecto similar, como algunos indultos de gran alcance. Destaca, en septiembre de 1939, con la guerra oficialmente terminada, la declaración como no delictivo de cualquier crimen, incluido el homicidio, las coacciones o en contra del orden público, a partir del 14 de abril de 1931, pero únicamente para quien tuviera “una ideología coincidente con el Movimiento y siempre de aquellos hechos que por su motivación politico-social pudieran considerarse una protesta contra el sentido antipatriótico de las organizaciones y el gobierno que, con su conducta, justificaron el Alzamiento”.

A grandes rasgos, esto representaba una amnistía total, pero solo para los de un bando. Es decir, que el franquismo se amnistiaba a sí mismo, mientras los del bando republicano sufrían duros consejos de guerra que solían acabar con largas penas de cárcel o penas de muerte.

A finales del franquismo, con motivo de la coronación como monarca de Juan Carlos de Borbón, en 1975, se concedió un indulto general que, según el texto que lo recogía, era: “Un homenaje a la memoria de la egregia figura del Generalísimo Franco, artífice del progresivo desarrollo en la paz de la que ha disfrutado España en las últimas cuatro décadas.” El indulto no incluía a los miembros vinculados o pertenecientes a organizaciones consideradas terroristas.

Además, dado que buena parte de la actividad política era tipificada como delito, muchos de los liberados volvieron pronto a la cárcel. Esto forzó a promover una nueva amnistía, en 1976, para los delitos de intencionalidad política "que no hubieran puesto en peligro o lesionado la vida o la integridad de personas", firmada por el presidente español Adolfo Suárez cuando hacía pocos días que había tomado posesión del cargo.

Sin embargo, se consideró que no era suficiente, y la amnistía total se convirtió en un elemento de consenso entre la fragmentada oposición. En 1977, un decreto real suprimió la cláusula de “puesto en peligro” de la norma de 1976.

En total, 17.773 presos comunes y políticos se vieron beneficiados, con la excarcelación o reducción de la condena, incluidos doscientos militantes de ETA.

La última: la amnistía de 1977

La ley de amnistía de 1977 fue la primera ley aprobada por las cortes españolas, y no ha habido ninguna más. Fue un pacto entre partidos, algunos procedentes del régimen franquista –salvo Alianza Popular–, y de la oposición, en aras de una “reconciliación nacional”.

Esta ley también ha sido fuertemente criticada. De hecho, las demandas de la Assemblea de Catalunya, que asumió el lema “Libertad, amnistía y estatuto de autonomía”, era restringir la amnistía a los presos y los exiliados políticos y no incluir los delitos del franquismo. En este caso, a diferencia de las de la república, tenía mucho autoamnistía.

Además, en muchos casos se quedó corta, porque no afectó a delitos laborales y no restituyó los despidos por inasistencia por detención, encarcelamiento o exilio; tampoco abarcaba las condenas por haber ejercido derechos reproductivos o de libertad sexual ni llegó a los militares demócratas, a los que se les mantuvo las penas y permanecieron apartados de las fuerzas armadas.

En total, la fiscalía recogía que la medida había afectado a 153 presos, de los que, según la prensa, 118 eran presos políticos o de conciencia. Sin embargo, algunos quedaron fuera. La Gestora Pro Amnistía aseguraba que no se había aplicado a cuarenta y tres personas, treinta y una de ellas de los GRAPO. En Catalunya, cuatro presos acusados ​​de pertenecer al Ejército Popular Catalán (EPOCA) fueron liberados, pero después se les anuló la medida y tuvieron que pasar a la clandestinidad.

Sin embargo, sí parece haber protegido graníticamente las acciones represivas del franquismo. Se incluyeron todas las responsabilidades penales de autoridades, funcionarios y fuerzas policiales que pudieran existir, a pesar de que esto contradijera el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos que ya había firmado el estado español en ese momento y que reconoce el derecho a tener justicia a todas las personas que han sufrido violaciones por parte de las autoridades. Sin embargo, la ley de amnistía cerró esa puerta, incluso la potestad de investigarlo o apartar a los responsables. Y hoy es así.


Fuente → vilaweb.cat

banner distribuidora