Admisión a tramite por el Juzgado de Instrucción Número 50 de Madrid de una querella criminal en la que se denuncia un caso de torturas durante el franquismo.
Admisión a tramite por el Juzgado de Instrucción Número 50 de Madrid de una querella criminal en la que se denuncia un caso de torturas durante el franquismo.

 

El Juzgado de Instrucción número 50 de Madrid, a cargo de la Magistrada Dña. Ana María Iguácel Pérez, con fecha 12 de mayo de 2023, ha dictado un Auto en el que admite a trámite la querella formulada por Julio Pacheco Yepes contra cuatro miembros de la Brigada Político Social franquista, como consecuencia de las torturas que sufrió en agosto de 1975 en un contexto de crímenes contra la humanidad.

En el Auto referido el Juzgado acuerda tomar declaración al querellante, Julio Pacheco Yepes y a la testigo Rosa María García Alcón, señalándose para ello el próximo día 14 de julio de 2023 a las 9:00 y 9:15 horas, respectivamente.

También el Juzgado acuerda oficiar al Archivo Histórico Nacional para que envíe al Juzgado los antecedentes documentales del caso denunciado y a la Dirección General de la Policía para que remita el expediente policial completo del denunciante y los datos de filiación de los cuatro policías denunciados: Álvaro Valdemoro, José Luis Montero Muñoz, José María González Reglero y José Manuel Villarejo Pérez.

El Auto dictado puede ser recurrido, por lo que habrá que esperar unos días para saber si la Fiscalía decide interponer el correspondiente recurso.

Desde CEAQUA valoramos muy positivamente el contenido del Auto. Se trata de la primera admisión a trámite de una querella criminal, en la que se denuncian crímenes franquistas, en la que se acuerda la práctica de pruebas de importante calado, entre otras, la declaración del propio querellante, Julio Pacheco Yepes. En caso de consolidarse el contenido de dicho Auto sería la primera vez que un Juzgado español, en el orden jurisdiccional penal, toma declaración a un querellante que sufrió graves violaciones de derechos humanos durante la dictadura franquista.

Como señalábamos anteriormente el Auto puede ser recurrido, de momento, por la Fiscalía. Por ello, desde CEAQUA interpelamos directamente a dicho operador jurídico para que no interponga dicho recurso, e instamos a que la Fiscalía en materia de Derechos Humanos ordene no recurrirlo.

Nos encontramos ante una resolución excepcional, muy positiva, que esperamos se consolide, que adquiera firmeza y que el criterio expresado por el Juzgado de Instrucción número 50 de Madrid pueda sea aplicado igualmente por otros Juzgados y Tribunales españoles.

En este sentido debemos recordar que el Estado español está lejos de revertir las políticas de impunidad imperantes que impiden, con carácter general, y a día de hoy, la investigación judicial de los crímenes franquistas. 

Prueba de ello es que han sido inadmitidas a trámite más de cien querellas criminales en los últimos años formuladas con el único objeto de que se investigaran crímenes franquistas. De hecho, hace tan sólo unos días han sido inadmitidas a trámite dos querellas en los Juzgados de Instrucción de Ferrol y de Pamplona.

Es más, la semana pasada el Senado acordó no tramitar una Proposición de Ley de modificación del Código Penal para introducir el principio de legalidad desde una perspectiva del Derecho Internacional de los Derechos Humanos. El principio de legalidad es uno de los obstáculos que invocan los Juzgados y Tribunales españoles para no investigar crímenes franquistas.

Por tanto, si bien el Auto del Juzgado de Instrucción número 50 de Madrid supone un avance y una novedad sin precedentes en esta materia, es indudable que el conjunto del Estado español debe revertir, de una vez por todas, sus políticas de impunidad. Desde CEAQUA así lo hemos venido demandando y continuaremos haciéndolo.


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