
“Enfrentamiento sin precedentes”, “Tribunal Constitucional
actuando como la tercera cámara”, “Precedente terrible para la soberanía
legislativa”, “Cataluña fue el banco de pruebas que ahora se ha
extendido a las Cortes españolas”, "¿Crisis definitiva del régimen del
78?", “Impugnación de la soberanía legislativa por parte del Tribunal
Constitucional”, son algunas de las muchas formas de calificar la
situación de crisis institucional de los últimos días en el Reino de
España que estamos viviendo. Sean más o menos ajustadas a la realidad,
todas estas calificaciones intentan abordar lo que nos parece
indiscutible: una profunda crisis institucional de la que no hay
demasiados precedentes. Retrocedamos un poco. Hace un año y medio decíamos en Sin Permiso:
“No es un problema catalán, sino un problema democrático que afecta al
conjunto del Estado. Si avanza el discurso, las amenazas y la alianza de
los sectores más reaccionarios del Estado -ejército, iglesia, jueces,
monarquía, cuerpos represivos- con las derechas, serán los derechos y
libertades quienes se verán (más aún que ahora) afectados y entonces
perderemos todos”. Efectivamente, en estos 18 meses se han dado unos
pasos más en esta alianza de estos sectores reaccionarios, la más
visible de la cual de momento ha sido entre la derecha extrema y la
jerarquía judicial.
La ofensiva judicial y extraparlamentaria de
las derechas extremas contra el Gobierno de Coalición Progresista (GCP)
puede dar la impresión de haber terminado sin cambios sustanciales en la
correlación de fuerzas. Sería así en buena medida si, tras conocer la
argumentación legal del Tribunal Constitucional que ha bloqueado en el
Senado la reforma de su renovación, el GCP y la mayoría parlamentaria
que le apoya (alrededor de 186 escaños) presentan y aprueban una reforma
de ley que permita la renovación definitiva de los dos órganos en los
que se ha bunquerizado el sector conservador del Consejo General del
Poder Judicial y del Tribunal Constitucional.
A estas alturas,
tras la experiencia de la judicialización contra la rebelión catalana y
tras las tres semanas que ya ha durado la actual crisis constitucional,
que ha bloqueado ex ante el ejercicio de la soberanía popular en un
proceso legislativo, quedan pocas dudas de que las derechas extremas han
activado una bomba de relojería situada en las propias estructuras
constitucionales del régimen del 78.
La crisis del bipartidismo
La
amenaza de su utilización ha ido creciendo a medida que se erosionaba
primero y se desmoronaba después el bipartidismo, en alternancia o
cooperando, como método de gestión de la segunda restauración borbónica.
Fue al bipartidismo al que se apeló para cubrir el entramado del golpe
de estado de Tejero y Armada el 23 F de 1981. Fue en nombre del
bipartidismo, la abstención del PSOE que permitió la formación del
gobierno Rajoy, como se forzó la dimisión de Pedro Sánchez de la
secretaría general del PSOE en 2016. Fue el bipartidismo en el que se
apoyó la intervención de la Generalitat de Cataluña por el gobierno
Rajoy, tras avalar el Tribunal Constitucional la aplicación del artículo
155 de la Constitución en octubre de 2017.
Y ha sido en nombre
del bipartidismo como el PP de Feijoo ha diseñado y desarrollado la
conspiración que ha desembocado en la insumisión de los vocales del CGPJ
y de los magistrados del Tribunal Constitucional que han bloqueado su
renovación. Hasta llegar al punto de participar dos magistrados con el
mandato caducado en la votación del recurso que planteaba su
incompatibilidad de intereses con la renovación que implicaba su cese,
mientras que en el CGPJ el sector conservador acosaba para que se
abstuviera a una vocal progresista por estar casada con un hipotético
candidato a presidir el Tribunal Constitucional tras su renovación. Por
si faltaba algo, ha sido la “unidad” constitucional, es decir el
bipartidismo, a lo que ha apelado Felipe VI en su discurso de Navidad
como condición de “progreso”.
Pero ese bipartidismo, que se
traduce también en los “pactos de estado”, no es otra cosa que un
derecho de veto permanente de las derechas en la gestión del régimen del
78. Por eso esta crisis del régimen no es un simple enfrentamiento o
choque entre los dos partidos que han dado soporte al bipartidismo. Se
equivocan quienes solo la vean como una disputa por arriba. Se trata de
un choque entre instituciones del Estado, de mantener la ilegal mayoría
del CGPJ y del Tribunal Constitucional a cuenta de las derechas y que,
incluso en contra de su intención inicial, este choque puede ahogar el
funcionamiento de muchos aspectos de la vida política y del propio
Estado. Una vez más, en palabras de Felipe VI, el “peligro de erosión de
las instituciones” del régimen.
El contexto de la crisis constitucional
Hemos explicado el contexto (1 y 2)
al que respondía la articulación y diseño de este golpe judicial. Su
objetivo inicial ha sido provocar el adelanto de elecciones generales,
alegando de entrada un “auto-golpe de Pedro Sánchez” y el
cuestionamiento de la legitimidad del gobierno por el CGPJ y, sobre
todo, por el Tribunal Constitucional, en manos de mayorías conservadoras
con mandatos caducados. Para resumir, las clases dominantes y los
partidos de las derechas extremas han perdido la narrativa sobre la
ineficacia de la gestión económica y social de las izquierdas: el
gobierno mantiene y gestiona los mecanismos de las ayudas europeas y de
los terceros presupuestos, aplicados con mayor o menor éxito, pero con
el apoyo de una mayoría social según las encuestas. La ventaja inicial
de Feijoo, tras reemplazar a Pablo Casado como candidato del PP por
perder el apoyo de la patronal CEOE, se debilita en la preferencia de
presidente de gobierno en las encuestas. Ha comenzado una removilización
de las izquierdas, muy titubeante bien es verdad, en defensa de los
“escudos sociales” y ciertos avances en derechos sociales.
A la
vuelta de verano, Feijoo fue desbordado por la pinza que atenaza la
estrategia del PP. Sus ofrecimientos de pactos de estado se encontraron
con la exigencia de la extrema derecha de Vox -el partido hoy más
estridente en la defensa de la Constitución y de la monarquía, símbolos y
pilares del régimen del 78- de una moción de censura de las derechas.
Pero también con la presión de Ia presidenta de la Comunidad de Madrid
Isabel Díaz Ayuso, para mantener la polarización extrema con las
izquierdas. La propuesta de Vox se perdió en la laberíntica búsqueda de
un “candidato de consenso” ante el rechazo de Feijoo. Pero la estrategia
de polarización extrema de Ayuso y de su asesor áulico, Miguel Ángel
Rodríguez, acabó imponiéndose. Feijoo encargó la dirección de la
conspiración al europarlamentario Esteban González Pons, que no ha
dudado de conducirla en algunos tramos a golpe de twitter, en estrecha
coordinación, según todas las evidencias, con el magistrado del Tribunal
Constitucional y ponente en el recurso del PP, Enrique Arnaldo.
En
octubre, Feijoo rompió los acuerdos alcanzados entre Pons por el PP y
Bolaños por el PSOE para la renovación del CGPJ y del TC. Unos acuerdos
que respondían en parte a la campaña que había hecho con la derecha
conservadora europea, de la mano del Comisario de Justicia belga Didier
Reynders, con la excusa de una pretendida “politización” del poder
judicial por parte del PSOE, en referencia a Polonia y Hungría. El
siguiente paso fue construir el nuevo discurso, y para ello, el PP echó
mano de la vieja cantinela de la “ilegitimidad” de los gobiernos del
PSOE, ayer de Zapatero, hoy de Sánchez, que se apoya además en
“comunistas” e independentistas. La contextualización de esta vieja
leyenda negra ha sido que la aprobación de los presupuestos de 2023, los
terceros del CGP, se ha hecho pactando con ERC y Bildu la reforma del
Código Penal en lo referentes a los delitos de sedición y malversación.
El 9 de diciembre, Vox y algunos sectores del PP intentaron organizar un
piquete de protesta a las puertas del Congreso contra el “autogolpe" de
Sánchez.
La verdadera razón de la crisis constitucional
La
incongruencia final de esta pseudo argumentación se hace manifiesta
cuando el recurso del PP al Tribunal Constitucional se refiere no a las
reformas del Código Penal -supuestas concesiones traidoras al
independentismo, que suavizarían pero no suprimirían la represión
judicializada en Cataluña tras el “proces”—, sino a otras dos reformas
de las leyes orgánicas del Poder Judicial y el Tribunal Constitucional
sobre los métodos de elección de los vocales (de 2/3 a mayoría simple) y
la designación de los magistrados. El recurso del PP con el que el
Tribunal Constitucional ha bloqueado el proceso legislativo, en nombre
de los derechos de participación de los diputados, que acaba afectando a
los senadores, se hace para defender la válvula de seguridad en última
instancia de los intereses de las clases dominantes y de los privilegios
de la derecha conservadora en dos de las tres instancias
constitucionales que están más allá de los procesos democráticos
directos y representativos: el CGPJ, el Tribunal Constitucional
-convertido en una tercera cámara legislativa de última instancia- y el
monarca.
De hecho, la reforma del Código Penal ha sido ya
aprobada por el Congreso (184 a favor, 64 noes y 1 abstención) y en el
Senado, (140 sies de 261 votantes). El delito de sedición ha dejado de
existir. Pero la renovación del CGPJ sigue bloqueada, porque los
miembros del sector progresista se niegan a aceptar al candidato de su
propio sector que les quiere imponer el sector conservador, que quiere
seleccionar tanto a su candidato como el de los otros, intentando hacer
recaer la culpa del mantenimiento del status quo en el CGPJ y el
Tribunal Constitucional sobre el sector progresista y el GCP.
Hay
un elemento en este proceso, analizado paso a paso por Ernesto Ekaizer y
otros, que nos parece que no ha sido enfatizado suficientemente en los
artículos de prensa: el carácter conspirativo que conduce todas las
maniobras y contramaniobras tácticas del sector judicial conservador.
Las consignas de Esteban Pons en twitter son una prueba. Pero la
redacción del recurso del PP parece inspirado ex ante por lo que sería
la argumentación de su adopción en el Tribunal Constitucional por el
ponente Enrique Arnaldo, a pesar y en contra del informe de su principal
letrado y de la fiscalía. La acusación de intentar “politizar”,
“someter” o “capturar” al poder judicial y el Tribunal Constitucional
lanzada por Feijoo contra el GCP rebota frente a esta realidad y se
vuelve en su contra.
No es baladí, porque las derechas acusan a
las izquierdas de la intención “totalitaria” de acabar con la separación
de poderes y el estado de derecho. De nuevo, esto puede parecer
ridículo viniendo de los herederos del franquismo, provengan de sus
sectores conservadores o falangistas. Y un papanatismo intelectual que
intenta justificar la exclusión de sectores decisivos del estado a la
soberanía popular, defendiendo frente al republicanismo democrático la
gestión jerarquizada de soberanías contrapuestas de origen monárquico,
aristocrático e incluso religioso. Montesquieu, reformador ilustrado en
la Francia absolutista de la primera mitad del siglo XVIII al que se
atribuye esta concepción de la división de poderes, defendía en su Espíritu de las leyes (1748) una monarquía constitucional, pero aborrecía de cualquier poder ejecutivo surgido de la soberanía popular.
Como
es sabido, la Constitución de 1978 no hace una formulación expresa de
la separación de poderes, a pesar de la descripción funcional del art
66.2 (Las Cortes y el poder legislativo), del Título IV (el ejercicio
del poder ejecutivo por el gobierno). Pero el Título VI sobre el poder
judicial es un foco de contradicciones, como que la justicia emane del
pueblo, en el que reside la soberanía, pero se ejerza en nombre del rey.
Que cuatro vocales del CGPJ sean elegidos por el Congreso, otros cuatro
por el Senado, con una mayoría cualificada de 3/5 y los restantes 12
por un método que no especifica y que remite a una futura ley orgánica.
La modificación de la Ley orgánica 6/1985 por la Ley orgánica 2/2001,
repartió la elección de esos 12 vocales a partes iguales entre el
Congreso y el Senado también con la mayoría cualificada de 3/5, pero
sobre una lista de 36 candidatos elaborada por las asociaciones
representativas de los jueces. Fue Ruiz-Gallardón en 2003, ministro de
justicia del gobierno Rajoy, el que propuso sin éxito que los jueces
eligieran directamente al grupo de los 12 vocales, como se había hecho
antes de la ley orgánica 6/1985. Eso es exactamente lo que pretende
ahora Feijoo.
De forzar elecciones a la insumisión de vocales y magistrados, con la “ilegitimidad” de hilo conductor
Es
más, fallido claramente el plan A de provocar una convocatoria
anticipada de elecciones por la “ilegitimidad” de los actos, si no de
los orígenes del GCP, y ante la resistencia de la mayoría parlamentaria
que le apoya, Feijoo pasó al plan B el martes 20. El PP apoyaría
legislativamente al PSOE en una reforma del método de elección del CGPJ
si este aceptaba su fórmula de elección de los vocales por los jueces a
cambio que retirase en el Senado su apoyo a la reforma del Código Penal
que el PP no había recurrido.
A estas alturas, el galimatías
argumentativo de la derecha era tan incomprensible que solo quedaba de
fondo el vociferio de Vox y de Ayuso y la juramentación de las derechas
extremas de que abolirían todas las leyes aprobadas por la mayoría
parlamentaria que apoya al GCP en cuanto ganasen las próximas
elecciones. La crisis constitucional quedaba de entrada difuminada en
una pataleta; y la amenaza atenuada, siempre y cuando la reforma de la
Ley orgánica del Tribunal Constitucional tenga lugar a iniciativa
parlamentaria del GCP en los próximos meses. Pero Pedro Sánchez ya ha
reconocido que el sector socialista del gobierno no intentará en esta
legislatura la reforma de los métodos de elección del CGPJ para evitar
una confrontación con la derecha de la Comisión europea.
Son
muchas las lecciones a extraer para las izquierdas de este reciente
episodio de la crisis del régimen del 78, aunque probablemente pocas de
ellas nuevas. Aún en una fase de reflujo, de dificultad de movilización
social por las consecuencias sociales acumuladas de las pluricrisis,
sería meterse en un callejón sin salida pretender articular la respuesta
a las derechas extremas desde la mera defensa del régimen de la segunda
restauración borbónica. La Constitución del 78 se enfrenta ya a dos
lecturas que hace imposible un equilibrio de intereses sociales
contradictorios. Las derechas pretenden una hegemonía política
reaccionaria que no tienen socialmente. Las izquierdas se ahogan en la
gestión de un régimen que fue diseñado expresamente para que no pudieran
cuestionar en última instancia el poder de las clases dominantes,
bunquerizadas en una serie de poderes que escapan a la soberanía popular
a través de “su” estado de derecho. Para estas clases dominantes, la
llamada transición fue la recuperación directa de un aparato estatal que
habían tenido que entregar al arbitrio bonapartista del Franquismo,
pero que dejó “atado y bien atado” en el proceso constituyente, con el
apoyo de los poderes fácticos, su derecho de veto para defender sus
intereses hegemónicos. No por casualidad Feijoo se reunió en la sede de
Génova -símbolo de la corrupción de su caja B, que Casado prometió
vender antes de ser destituido- el pasado martes 20 con los sindicatos
policiales y las asociaciones de la Guardia Civil para impulsar su
movilización en la calle contra la reforma de la Ley de Seguridad
Ciudadana, la llamada Ley Mordaza.
El objetivo estratégico a defender por las izquierdas
¿Será esta crisis constitucional, a pesar de su carácter enrevesado y fallido, el consummatun est
del bipartidismo? Los caminos se bifurcan y hay que elegir el objetivo
estratégico, republicano, democrático y socialista que permitan
articular las mayorías sociales necesarias. Se puede comprimir más, se
puede decir con diferentes palabras, pero creemos que las que siguen
resumen lo que consideramos necesario defender:
“Exigir
la garantía de las condiciones materiales de existencia, no debe servir
de pretexto para olvidar libertades democráticas como el derecho a la
autodeterminación, y defender este derecho tampoco debe servir de
pretexto para ‘dejar para más adelante’ la defensa de las condiciones
materiales de existencia de toda la ciudadanía. Unas libertades
republicanas no están subordinadas a otras. La libertad republicana
implica que cualquier ciudadano y ciudadana pueda levantar la cabeza y
poder 'mirar directamente a los ojos' a cualquiera. Quien no tiene la
existencia material garantizada no puede hacerlo; quien vive bajo una
monarquía impuesta por una de las dictaduras más sanguinarias de Europa
del siglo XX y no puede elegir democráticamente la república, tampoco;
quien no tiene reconocido el derecho de autodeterminación de una nación
cuya gran mayoría de la población lo exige, y sufre la existencia de
presos políticos por defender libertades democráticas, tampoco”.
La
derecha extrema (no hay otra socialmente significativa en el Reino de
España, con la excepción del País Vasco y Cataluña) tiene las cosas
claras: Monarquía, Ejército, Iglesia, unidad de España, aparato judicial
a su servicio, neoliberalismo sin fisuras, tradición. Sería una buena
perspectiva aún por labrar que la izquierda (las izquierdas
plurinacionales) tuvieran una claridad similar y opuesta. En muy pocas
palabras: garantizar la existencia material a toda la población,
república y derecho de autodeterminación de las naciones que hoy están
bajo la monarquía borbónica.
Fuente → sinpermiso.info
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