La nueva Ley de Memoria y las víctimas de la transición en el olvido.

La nueva Ley de Memoria y las víctimas de la transición en el olvido.

Las víctimas de la transición, las más incómodas, silenciadas y muchas anónimas, comparten una losa de injusticia, la Ley de Amnistía del 15 de octubre de 1977. Una ley de impunidad por los verdugos en vida y muerte del dictador , disfrazada de ley magnánima de amnistía general a todas las víctimas del fascismo español, una ley envenenada de franquismo, alabada como máximo exponente de la reconciliación democrática. Ley envenenada porque en su artículo Segundo, puntos 5 y 6, quedan amnistiados todos los delitos y faltas cometidos por autoridades, funcionarios y agentes del orden público con motivo de investigaciones y persecuciones y contra el ejercicio de los derechos de las personas . Esta ley preconstitucional justifica su validez democrática por haber sido refrendada en unas Cortes, dicen que democráticas, con diputados del Partido Comunista y del PSOE, escaños de amnesia sobre una gran fosa llena de sus militantes. Fue una ley tutelada por el ruido de sables y supeditada a los intereses de aquellos que siguen transitando, no un ejemplificante pacto democrático. Esta ley dividió perversamente a las víctimas de la transición en dos grupos, las de antes del 6 de octubre del 77 y las de después de esa fecha. Aunque ni las primeras, ni las segundas han recibido justicia, las segundas quedarían fuera del contexto de conjunto de víctimas políticas de la represión y pasarían a formar parte de los famosos casos aislados, que en estos momentos la justicia considera prescritos. Pero el dolor de las familias, de sus compañeras y compañeros, y de su derecho a obtener justicia no tienen prescripción, al igual que no lo tienen los crímenes de lesa humanidad, qué es en realidad lo que España cometió con las víctimas de la transición, por acción y/u omisión. Hay quien defiende que en realidad esta ley no ha sido aplicada stricto sensu a los verdugos y que, por tanto, no es una ley de punto final, entonces, ¿por qué es el tope con el que se encuentran todos los intentos de conseguir justicia? Si no es así, ¿por qué la nueva ley de memoria no anula esta ley, contraria a toda defensa de los derechos humanos? Pues porque la ley de Amnistía forma parte de la arquitectura del continuismo de las estructuras de poder del franquismo y de su modus operandi.

La nueva ley de Memoria se congratula de ser muy generosa porque llega hasta la entrada en vigor de la Constitución monárquica de 1978, dando supuesto estatus de víctima de la represión a militantes antifascistas como Gustau Adolf Muñoz de Bustillo Gallego o Jordi Martínez de Foix , pero no les da justicia. La represión de carácter franquista fue más allá de esa fecha magna porque funcionarios policiales, militares y judiciales continuaron en sus cargos, muchos de ellos formaron parte del aparato represor del franquismo, fueron promocionados subiendo a su escalafón e incluso serían condecorados por sus servicios a la patria en su guerra sucia contra el terrorismo. Era un crimen para el estado desperdiciar la experiencia de aquellos verdugos para sus crímenes de estado.

Dice la futura ley de Memoria Democrática en su artículo 27, en lo referente a la consulta de documentos, en su punto 1 que habrá libre acceso a los archivos públicos y privados sobre la Transición. Pero en el punto 2 de este artículo, aquél que hace referencia al acceso a todos los datos personales de los victimarios, de los terceros como la ley eufemísticamente les llama, esta consulta parece estar sólo reservada para las víctimas de la represión de estado que todavía viven. Y los familiares de la Transición, ¿no tienen derecho a consultar los archivos policiales y judiciales donde constan los nombres de los verdugos y las circunstancias de sus crímenes, así como los nombres de los colaboradores necesarios para su impunidad? ¿Qué ocurre con las víctimas que ya no tienen más voz que la de sus familias y compañeros de militancia? ¿Qué ocurre con el derecho de investigar a los terceros? ¿Qué ocurre con las familias que quieren tener acceso a los archivos para poder poner en manos de la justicia sus casos?, ¿recibirán los documentos censurados como tantas veces? Nos estamos refiriendo a la justicia de la República Argentina, porque en España ya ha quedado patente que no hay justicia posible. Y cuando nos estábamos haciendo todas estas preguntas llega la respuesta en forma de ley, la 16/1985 a la que nos redirige la nueva ley de memoria, concretamente a su artículo 57 que dice que no se podrán consultar libremente los documentos cuando contengan datos personales de carácter policial, procesal, clínico o de cualquier otra índole que puedan afectar a la seguridad de las personas, a su honor, a la intimidad de su vida privada y familiar ya su propia imagen, no podrán ser públicamente consultados sin que medie consentimiento expreso de los afectados o hasta transcurrido un plazo de veinticinco años desde su muerte, si su fecha es conocida o, en otro caso, de cincuenta años, a partir de la fecha de los documentos. O sea, que el verdugo debería dar consentimiento a la víctima o deberían transcurrir veinticinco años desde la fecha de la muerte de los represores o cincuenta años desde sus crímenes. Pero si desconocemos los nombres de los victimarios, que nunca darían su consentimiento, menos sabremos si están vivos, o muertos o los años que llevan muerto, y aunque han pasado demasiados años desde los hechos, no llegamos a los 50 años que han de haber transcurrido según la ley. Así volvemos al punto de partida: indefensión para las víctimas de la Transición.

Nos encontramos de nuevo sin justicia y sin reparación más allá de la moral y la palmadita en la espalda. Si vamos al capítulo de reparación económica de esta Ley nos encontramos con que no habrá ni un euro para ninguna víctima, ni familiares de víctimas de la transición. El texto de la ley dice que no surtirá efectos para el reconocimiento de responsabilidad patrimonial del Estado, de cualquier administración pública o de particulares, ni dar lugar a efecto, reparación o indemnización de índole económica o profesional. Vivimos en un estado aconfesionalmente católico, donde se considera algo amoral y feo que las víctimas del fascismo sean indemnizadas materialmente, curiosamente con otras víctimas esto no ocurre. Las víctimas del franquismo y la transición, y sus familiares deben ir justificándose diciendo siempre de antemano que su motivación en ningún caso es económica. Sin duda una gran verdad, pero también lo es que tienen derecho a esta reparación sin ser señalados, y si no la quieren para ellos, siempre pueden destinarla a una lucha loable, una de esas muchas causas en las que militaron los sus seres queridos. La reparación es un deber del Estado y un derecho de la víctima, también la económica.

Esta nueva Ley abre una puerta inconcreta a investigar crímenes hasta el año 1983 para valorar quién es y quién no es víctima, dice así: por si pudieran persistir elementos que ocasionaran supuestos de vulneración de derechos humanos a personas por su lucha por la consolidación de la democracia, los derechos fundamentales y los valores democráticos, la disposición adicional XX contempla la designación de una comisión técnica que elabore un estudio sobre estos supuestos entre la entrada en vigor de la Constitución de 1978 y el 31 de diciembre de 1983, que señale posibles vías de reconocimiento y reparación a las mismas. Esta Ley contempla un fiscal especial, Fiscal de Sala de Derechos Humanos y Memoria, que ya fue puesto en entredicho por el Consejo General del Poder Judicial. Una oficina burocrática, donde supuestamente debemos creer que se llevarán a cabo los cientos de investigaciones que no se han hecho en las últimas cuatro décadas, pero todo sin ningún efecto jurídico, será como el trabajo de investigación de unos historiadores de el estado.

La nueva Ley, que ha tenido que ser bautizada como Democrática para que no haya ninguna duda, sin la adecuada dotación presupuestaria y sin voluntad de hacerla cumplir, será una ley como la del 2007, totalmente insuficiente. Sólo palabras a un papel, mojado, porque en España cuando se hace una ley a favor de aquellos que ven vulnerados sus derechos siempre va acompañada de la trampa. Y si las próximas elecciones gana la derecha franquista no será necesario ni que se molesten en derogarla, que es lo que han prometido, solo con presumir, como lo hizo Rajoy, de la que no adjudicó ni un euro a este capítulo vital para la regeneración democrática del Reino de España, ya tienen suficiente.

Y para acabar de abonarlo esta miedosa ley de memoria también ha sido víctima del mercadeo político y del intercambio de intereses de los partidos, una falta de respeto imperdonable para las víctimas y sus familiares, desgraciadamente acostumbradas a sufrir ésta vergüenza de déficit democrático. Por eso la lucha de las entidades continuará y por eso nacen nuevas asociaciones como el Colectivo de Olvidados de la Transición , entidad a la que pertenece nuestro compañero querellante en la República Argentina Marc Muñoz, para dar voz y exigir justicia en nombre de su hermano Gustau y de los cientos de víctimas olvidadas de la transición. Para exigir que personajes clave de la represión de España como el inefable Rodolfo Martín Villa sean juzgados y sentenciados como violadores de los derechos humanos.

Concentración nosotros acusamos a Martín Villa 2020: crónica.


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