¿Son igualmente justas la Monarquía y la República?: reflexiones de Joaquín Mencos
¿Son igualmente justas la Monarquía y la República?: reflexiones de Joaquín Mencos / Eduardo Montagut
  
 
En distintas ocasiones hemos tratado el asunto de las formas de gobierno y el PSOE, advirtiendo que, siendo siempre plenamente republicano, no compartía totalmente las tesis del republicanismo español, al considerar que lo fundamental era la emancipación de la clase obrera que, efectivamente solamente podía darse en una República, pero social, no como un simple cambio en la jefatura del Estado para seguir manteniendo un régimen burgués. Es más, en muchos artículos que se publicaron en El Socialista, especialmente en los primeros decenios, se intentó demostrar que, en muchas ocasiones, los trabajadores vivían mejor en la Monarquía británica que bajo la Tercera República francesa, por ejemplo. Por fin, el socialismo español siempre fue muy receloso con el republicanismo, hasta en los momentos de acercamiento y alianza electoral, ya que desconfiaba de las disputas internas del mismo, además de no olvidar nunca que, dentro de su filosofía política, el republicanismo podía ser muy progresista, pero siempre era burgués.

Pues bien, en este contexto, Joaquín Mencos, al que periódicamente recurrimos, publicó en junio de 1923 un artículo en El Socialista sobre las formas accidentales en el gobierno, que nos parece significativo.

Ante la pregunta que titula nuestro trabajo, Mencos contestaba que no, que un socialista no podía admitir que la más alta magistratura estuviera vinculada a una familia. Los socialistas debían ser demócratas, pero eso no quería decir, siempre según nuestro protagonista, que no pudiera considerarse tolerable en algunas ocasiones, un régimen monárquico.

Lo que más diferenciaba a un gobierno no era ser monárquico o republicano. A veces dos Repúblicas se diferenciaban mucho más que una República de una Monarquía. Mencos realizó un repaso histórico de la evolución de las Monarquías hasta las que nosotros denominamos como Parlamentarias. En estas Monarquías democráticas la única diferencia con una República democrática era que el poder moderador estaba vinculado a una familia. Era verdad que esa diferencia era esencial, como había explicado al principio, pero tenía una escasa importancia práctica, y ahí estaba la base para considerar accidentales las formas de gobierno.

Y eso era así porque el verdadero poder era el legislativo, porque el resto de poderes estaba subordinado al mismo, ya que tenían como obligación la aplicación de las leyes que aquel elaboraba. Lo esencial era que el pueblo ejerciera el poder, representado de forma fiel en el Parlamento, lo que podía ocurrir o dejar de ocurrir igual en una República como en una Monarquía, porque el caciquismo y la corrupción electoral no era peculiares de las Monarquías. Lo importante era que el monarca fuera realmente constitucional, y que no se saliese jamás de su misión, y eso era tolerable, aunque no fuera el ideal de un buen demócrata. Había, por lo tanto, que considerar a la Monarquía, en este caso, como un mal menor que debía llegar a desaparecer más tarde o más temprano.

No sería una buena política dejar de ayudar a una Monarquía verdaderamente democrática cuando no era posible derribarla porque intentarlo podría ser perjudicar la marcha que pudiera realizar un país en pos del progreso. Por eso había países en cuyos gobiernos había colaborado el socialismo. Pero la pregunta era, ¿estaba España en ese caso?

Mencos recordaba el reciente fracaso del reformismo, y que demostraba que en España el verdadero liberalismo era incompatible con la subsistencia del régimen monárquico en vigor. Con la Monarquía española podían colaborar los acomodaticios que tuvieran más ansias de gobernar que de servir a las ideas y cumplir con los compromisos de la opinión, pero no los amantes verdaderos de la libertad y del progreso.

Sin lugar a dudas la opinión de Mencos coincide con lo que exponíamos al principio del artículo.

Hemos empleado como fuente el número 4446 de El Socialista, del día 2 de junio de 1923.


Fuente →   elobrero.es

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