Los «trece puntos» de Negrín (declaración del gobierno español, del 30 de abril de 1938)

Los «trece puntos» de Negrín (declaración del gobierno español, del 30 de abril de 1938)

El gobierno de Unión Nacional, que cuenta con la confianza de todos los partidos y organizaciones sindicales de la España leal y ostenta la representación de cuantos ciudadanos españoles están sometidos a la legalidad constitucional, declara solemnemente para conocimiento de sus compatriotas, y noticia del mundo, que sus fines de guerra son:

Primero: Asegurar la independencia absoluta y la integridad total de España; una España totalmente libre de toda injerencia extranjera sea cual sea su carácter u origen; con su territorio peninsular e insular, y sus posesiones intactas y a salvo de cualquier tentativa de desmembramiento, enajenación o hipoteca, conservando la zona de protectorado asignada a España por convenios internacionales mientras estos convenios no sean modificados con su intervención y asentimiento.

Consciente de los deberes anejos a su tradición y a su historia, España estrechará con los demás países de su habla los vínculos que impone una común raíz, el sentido de la universalidad que siempre ha caracterizado a nuestro pueblo.

Segundo: La liberación de nuestro territorio de las fuerzas militares extranjeras que han invadido, así como de aquellos elementos que han acudido a España después del mes de julio de 1936, y con el pretexto de una colaboración técnica intervienen o intentan dominar en provecho propio la vida económica y jurídica española.

Tercero: República popular, representada por un Estado vigoroso que se asiente sobre los principios de pura democracia y que ejerza su acción a través de un gobierno dotado de la plena autoridad que confiere el voto ciudadano emitido por sufragio universal, y que sea símbolo de un poder ejecutivo firme dependiente en todo tiempo de las directrices y designios que marque el pueblo español.

Cuarto: La estructuración jurídica y social de la república será obra de la voluntad nacional libremente expresada mediante un plebiscito que tendrá lugar tan pronto termine la lucha, realizado con plenitud de garantías, sin restricciones ni limitaciones y asegurando a cuantos en él tomen parte contra toda posible represalia.

Quinto: Respeto a las libertades regionales sin menoscabo de la unidad española. Protección y fomento del desarrollo de la personalidad y de las particularidades de los distintos pueblos que integran a España, como lo imponen un derecho y un hecho histórico, lo que lejos de significar una disgregación de la nación constituye la mejor soldadura entre los elementos que la integran.

Sexto: El estado español garantizará la plenitud de derechos al ciudadano en la vida civil y social, la libertad de conciencia asegurando al propio tiempo el libre ejercicio de todas las creencias y prácticas religiosas.

Séptimo: El Estado garantizará la propiedad legal legítimamente adquirida dentro de los límites que impongan el supremo interés nacional y la protección de los elementos productores. Sin mermar la iniciativa individual impedirá que la acumulación de riquezas pueda conducir a la explotación del ciudadano y al sojuzgamiento de la colectividad desvirtuando la acción controladora del Estado en la vida económica y social. A este fin se impulsará el desarrollo de la pequeña propiedad, se garantizará el patrimonio familiar y se estipularán todas las medidas que puedan conducir al mejoramiento económico, moral y social de las clases productoras. La propiedad y los intereses legítimos extranjeros que no hayan ayudado a la rebelión serán respetados y se examinarán con miras a las indemnizaciones que correspondan los perjuicios involuntariamente causados en el curso de la guerra. Para el estudio de estos daños, el gobierno ha creado ya una comisión de reclamaciones extranjeras.

Octavo: Una profunda reforma agraria que liquide la vieja y aristocrática propiedad semifeudal que, carente de sentido humano nacional y patriótico, ha sido siempre el mayor obstáculo para el desarrollo de las grandes posibilidades del país. Asentamiento de la nueva España sobre una amplia y sólida democracia campesina dueña de la tierra que trabaja.

Noveno: El Estado garantizará los derechos del trabajador a través de una legislación social avanzada de acuerdo con las necesidades específicas de la vida y de la economía española.

Décimo: Será preocupación primordial y básica del Estado el mejoramiento cultural, físico y moral de la raza.

Undécimo: El ejército español al servicio de la nación misma estará libre de toda hegemonía, tendencia o partido y el pueblo ha de ver en él al instrumento seguro para la defensa de sus libertades y de su independencia.

Duodécimo: El Estado español reafirma la doctrina constitucional de renuncia a la guerra como instrumento de política nacional. España, fiel a los pactos y tratados que ha firmado, apoyará la política simbolizada en la Sociedad de Naciones que ha de seguir siendo su norma. España reivindica y mantiene los derechos propios al Estado español y reclama como potencia mediterránea un puesto en el concierto de las naciones, dispuesta siempre a colaborar para el afianzamiento de la seguridad colectiva y la defensa general de la paz. Para contribuir de una manera eficaz a esta política, España desarrollará e intensificará todas sus posibilidades de defensa.

Decimotercero: Amplia amnistía para todos los españoles que quieran cooperar en la inmensa labor de reconstrucción y engrandecimiento de España. Después de una lucha cruenta como la que ensangrienta nuestra tierra, en la que han resurgido las viejas virtudes de heroísmo e idealidad de la raza, cometería un delito de traición a los destinos de nuestra patria aquel que no reprima y ahogue toda idea de venganza y represalia en aras de la acción común de sacrificios y de trabajo que por el porvenir de España estamos obligados a realizar todos sus hijos.


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