“Este es un problema del pasado, pero también del presente y el
futuro”, resalta Gerardo Iglesias. Fundador de Izquierda Unida, líder
del Partido Comunista y figura clave en Comisiones Obreras, Iglesias fue
uno de las tantas personas que durante los últimos años de dictadura
franquista fue víctima de torturas por parte de la policía del régimen.
Cuando, en 2018, denunció las palizas de las que había sido objeto ante los juzgados de Oviedo, su corrió la misma suerte que las otras cerca de 80 querellas interpuestas en el Estado español contra los crímenes franquistas: de los juzgados ordinarios a las audiencias provinciales, archivo tras archivo, y de ahí al Tribunal Constitucional. El máximo tribunal español también archivó su causa, pero, a diferencia de en el resto de causas por crímenes franquistas, tres de los magistrados que formaban el tribunal emitieron votos particulares en los que defendían la investigación de las torturas que sufrió Iglesias. El pasado martes, 2 de febrero, Iglesias presentó ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) un recurso contra el auto de inadmisión a trámite emitido por el Tribunal Constitucional.
“Allí
[en la comisaría de Oviedo] estaba Pascual Honrado de la Fuente, cuyo
nombre era una ironía. Formaba parte del grupo de Claudio Ramos, jefe de
la Brigada. Era uno de los torturadores más terribles. Estaba
especializado en tumbarte al suelo dándote puñetazos en el hígado. Te
daban patadas, hostias de toda clase, sufrías todo tipo de
ensañamientos, aparte de humillaciones”, explicaba Iglesias en la
denuncia que presentó en 2018 ante el Juzgado de Instrucción número 3 de
Oviedo, dos años después de que decidiera unirse a la querella
argentina.
Según explica su abogado, Alberto
Suarez, el ex dirigente del Partido Comunista sufrió palizas en esta
comisaría en varias ocasiones en los años. Sus torturadores son bien
conocidos entre los militantes antifranquistas. Pascual Honrado de la
Fuente, uno de ellos, es una de las personas acusadas en la querella
argentina contra los crímenes del franquismo. Como Antonio González
Pacheco, conocido como Billy El Niño, y tantos otros policías del régimen,
también fue condecorado por su trabajo en el cuerpo durante la
dictadura, en su caso con una cruz al mérito policial con distintivo
blanco concedida en 1967, cinco meses de las torturas que infringió
sobre Iglesias.
Viaje al origen de las llamadas cloacas del Estado, una mafia organizada en paralelo y desde dentro de la policía. De los torturadores de la Brigada Político Social y la guerra sucia contra el terrorismo al espionaje, los informes inventados y la intoxicación mediática.
“Cuando presento esta querella no busco revancha porque,
además, la mayor parte de los responsables directos ya ni existen”,
explica Iglesias en un vídeo transmitido en la rueda de prensa convocada
por Ceaqua y La Comuna d’Asturies para presentar el recurso ante el
TEDH a la que no ha podido asistir por problemas de salud. Iglesias
relata cómo, a raíz de presentar la querella, fue citado por el juzgado y
allí se encontró también citado a Pascual Honrado de la Fuente, uno de
los policías que le torturaron. “Estando allí llegó un orden de la
Fiscalía y se suspendió la declaración”. La argumentación dada, la misma
de siempre: la Ley de Amnistía.
El Juzgado de Instrucción número 4 de Oviedo decidió el archivo de la causa de Iglesias, y también el de las presentadas por Faustino Sánchez y Vicente Gutiérrez, que también denunciaron las torturas sufridas a manos de Pascual Honrado. “Acordó el archivo alegando que no eran delitos de lesa humanidad y en base a una posible prescripción de los delitos”, explica el abogado de Iglesias, Alberto Suárez. Tras el archivo por parte del juzgado, presentaron un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que inadmitió el recurso alegando la Ley de Amnistía. Y contra ese auto de la Audiencia Provincial de Asturias interpusieron una demanda de amparo ante el Tribunal Constitucional, que fue inadmitido en septiembre de 2021. “Fue inadmitido, pero lo novedoso es que, mientras antes se limitaban a decir que no había trascendencia constitucional, ahora se emitieron tres votos particulares en los que manifestaron que se debería admitir a trámite al menos para escuchar al querellante”, continúa Suárez.
“Fue
inadmitido, pero lo novedoso es que, mientras antes se limitaban a
decir que no había trascendencia constitucional, ahora se emitieron tres
votos particulares en los que manifestaron que se debería admitir a
trámite al menos para escuchar al querellante”
Jacinto Lara, abogado de Ceaqua, especifica que, mientras en los anteriores casos de crímenes del franquismo el Tribunal Constitucional se ha limitado a “despachar” con una providencia —resoluciones judiciales que no necesitan de motivación— de dos líneas en las que decían que se carecía de la suficiente trascendencia constitucional, en el caso de Gerardo Iglesias la inadmisión se produce a través de un auto razonado. Este auto “incluye fundamentación jurídica por parte del criterio mayoritario de los jueces del tribunal que han resuelto e incorpora argumentos jurídicos con los que estamos en absoluta disconformidad, y por eso presentamos esta demanda ante el TEDH”.
Y, según explica el abogado, sí tienen esperanzas en
que el tribunal europeo escuche. Sobre todo porque, como explica Lara, a
nivel de la judicatura española se ha roto “esa línea monolítica que
había hasta la fecha”. “Hay tres votos particulares que ponen de
manifiesto que esa demanda debe ser admitida a trámite porque el caso
presenta suficiente trascendencia constitucional y se debe convocar a
las partes implicadas para darles audiencia”, señala el abogado de
Ceaqua.
En concreto, Lara resalta el voto particular emitido por la magistrada María Luisa Balaguer. “No se queda en un aspecto formal, entra en cuestiones más jurídico-materiales desde la perspectiva del derecho internacional sobre derechos humanos, afea el criterio mayoritario y entra al fondo de la cuestión y dice los obstáculos que se están poniendo en la investigación de crímenes del franquismo y cómo esto contraviene el derecho penal internacional”, explica Lara. “Balaguer, en su voto particular, incide en esta cuestión e invoca las resoluciones dictadas por el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas haciendo hincapié en el informe emitido en 2014 por el relator especial”, continúa. Y es que, desde que en 2012 el TEDH dio carpetazo a la investigación de los crímenes del franquismo, tanto Lara como la también abogada de Ceaqua Maite Parejo señalan que ha surgido nuevos factores que pueden volcar la balanza para que por fin el tribunal europeo apoye la investigación de estos crímenes.
El Estado español ya ha sido condenado en once ocasiones por parte del Tribunal de Estrasburgo por no investigar torturas.
Uno de ellos es que el TEDH ya ha emitido
resoluciones en las que afirma que el derecho a denunciar violaciones de
derechos humanos está vigente aunque los delitos concretos no
estuvieran en ese momento tipificados en las normativas internas, según
explica Parejo, que subraya que el Estado español ya ha sido condenado en once ocasiones por parte del Tribunal de Estrasburgo por no investigar torturas.
La abogada señala que, aunque el TEDH inadmitió las anteriores denuncias alegando que había transcurrido muchos años desde la fecha de los hechos, actualmente hay una diferencia que puede hacer que el tribunal europeo cambie su enfoque. “Si analizamos la jurisprudencia, se han pronunciado en otros casos de muchos años antes y no se puede alegar que no ha habido diligencia por parte de las víctimas dado el modelo de transición y el contexto, ya que las mismas personas que estaban en la dictadura pasaron a instituciones de la democracia, lo que causaba desconfianza entre las víctimas”. Parejo añade que, además, desde la anterior inadmisión por parte del TEDH, en la Audiencia Nacional se han dictado sentencias relacionadas con las dictaduras argentina y chilena, se han ratificado convenios internacionales y se han aprobado leyes de Memoria Histórica y se han emitido recomendaciones y condenas por parte de Naciones Unidas. “Esto hace que haya una posibilidad real de que el recurso se considere”, concluye.
Fuente → elsaltodiario.com
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