La Corona, una institución problemática
 
La Corona, una institución problemática
Andoni Pérez Ayala

La Corona viene siendo un tema de actualidad permanente en estos últimos tiempos. A ello han contribuido las andanzas del emérito (no deja de ser curiosa la adjudicación de este título para referirse al anterior titular de la Corona) que, a pesar de su lejanía territorial durante el último año y medio, no han dejado de ser una fuente permanente de noticias y de comentarios de todo tipo, tanto por lo que se refiere a su ubicación geográfica (¿no había algún otro lugar más presentable?) como, sobre todo, por las incidencias de la investigación sobre su ajetreada y prolífica actividad; sin que quepa descartar la aparición de nuevos hechos, a sumar a los ya conocidos, que puedan ser también objeto de las correspondientes investigaciones.

Pero más allá de las aventuras (y desventuras) eméritas, lo que tiene interés desde el punto de vista institucional es examinar cómo se producen estos hechos y cual es el papel que ha jugado, y juega, la Corona en el sistema institucional en el que se desenvuelve nuestra vida política. En este sentido, hay que decir que la Corona, no solo aquí sino en todas partes, siempre ha planteado serios problemas para su encaje en un sistema constitucional y democrático. No resulta nada fácil compaginar una institución en la que su titular accede al cargo por vía hereditaria de por vida y al margen de la participación ciudadana en su elección, con un sistema constitucional y democrático, basado en el gobierno representativo, sin que sea posible entender por qué hay que excluir de él nada menos que a la jefatura del Estado. Ello explica que a medida que el constitucionalismo democrático fue implantándose lo hizo bajo la forma política republicana en la gran mayoría de los casos; y donde pervivió la forma monárquica, lo hizo bajo la condición de transferir todos los poderes que detentaba el monarca al Parlamento, y al Gobierno surgido de él, bajo la forma de la monarquía parlamentaria.

Aquí, sin embargo, y para no variar, las cosas fueron bastante más complicadas. Para empezar, no hubo una evolución gradual y continuada hacia la monarquía parlamentaria, como ocurrió en los países —Gran Bretaña, países nórdicos y del Benelux— en los que esta forma política fue asentándose progresivamente. Por el contrario, no existió un proceso ininterrumpido de parlamentarización de la Monarquía durante los sucesivos reinados —Fernando VII, Isabel II, Alfonso XII, Alfonso XIII— a lo largo de toda la época constitucional. Y no solo eso sino que aquí la monarquía acabó prestando cobertura institucional a una dictadura (del General Primo de Rivera, en 1923), lo que puso fin al ciclo monárquico histórico e hizo inevitable la opción republicana.

Para completar este periplo histórico, la caída de la monarquía en 1931 fue seguida años más tarde (1947, Ley de Sucesión) por su restablecimiento, lo que constituye un caso insólito en la experiencia política comparada ya que España es el único país de Europa que ha restablecido la monarquía en el siglo XX. Con la particularidad de que tal restablecimiento no deriva de ningún compromiso ni acuerdo político democrático sino que es el producto directo, tanto el restablecimiento de la forma política monárquica como la designación de su titular, de la imposición de un régimen dictatorial, que pretendía con ello garantizar su supervivencia tras la desaparición física del dictador.

No es de extrañar que con estos antecedentes históricos, y en especial con el de la imposición del titular de la Corona por la máxima autoridad del régimen franquista (saltándose incluso las propias normas monárquicas como es el respeto al orden de la línea de sucesión dinástica), la monarquía haya planteado en nuestro país más problemas que en cualquier otro en el que se dio un asentamiento histórico más consolidado; el primero de ellos, el de un déficit de legitimidad de origen que no puede ser obviado. Y que, en consecuencia, además de los problemas que la institución monárquica como tal plantea en todas partes para su inserción en un sistema democrático, en nuestro caso esos problemas se acrecientan dada la forma como fue restablecida, en el marco de la dictadura franquista y sin que existiese en ningún momento negociación alguna entre las fuerzas políticas ni participación ciudadana de ningún tipo en su restablecimiento.

La forma como tuvo lugar la transición aquí, en particular por lo que se refiere a la posición que ocupó un Ejército que seguía siendo franquista y alineado sin fisuras con el Rey—sucesor de Franco—, impidió plantear a fondo la cuestión monárquica, lo que dada la correlación de fuerzas en ese momento hubiese creado más problemas de los que ya había sin que existiese posibilidad alguna de triunfo de la opción republicana. Interesa dejar claro este tema ya que aquí ni la monarquía ni el rey recién instalado en el trono tras la muerte de Franco son los artífices de la transición ni trajeron la democracia, tal y como el relato monárquico se esfuerza en proclamar insistentemente. Por el contrario, lo que ocurrió realmente en la transición de la dictadura a un sistema constitucional y democrático es que para poder tener la fiesta en paz había que cargar obligadamente con el fardo monárquico. Fue uno de los grandes problemas de la transición, que finalmente se resolvió con la constitucionalización, de acuerdo con los criterios propios de la forma de gobierno parlamentaria, de la monarquía legada por el régimen franquista.

Si bien la monarquía parlamentaria, en los términos recogidos en la actual Constitución, se inscribe en el modelo que actualmente rige en sus homólogas europeas, ello no implica que hayan desaparecido los problemas que siempre ha planteado la inserción de la Corona en un sistema constitucional democrático. Una muestra de ello es la forma en la que se contempla la inviolabilidad de "la persona del Rey" en la Constitución (art. 56.3), que según la literalidad del texto constitucional (y la interpretación literalista de este) se extiende a todos sus actos, aunque no tengan relación alguna con el ejercicio de sus funciones como Jefe de Estado. Es esta una cuestión que a día de hoy está planteando serios problemas para tratar de compaginar la exención total de responsabilidad(también por los actos que nada tienen que ver con el ejercicio del cargo) de "la persona del Rey", no solo con los principios constitucionales (que también) que rigen en todo Estado de derecho sino también con la más elemental lógica y el sentido común.

Igualmente problemática es la sobreprotección constitucional de la Corona, que impide de facto introducir cualquier modificación en su regulación, lo que más que resolver problemas los añade nuevos, como se pone de manifiesto ahora al tratar de modificar la regulación vigente para establecer la equiparación de género en el acceso al trono. Se trata, sin duda, de otro de los problemas, también de carácter constitucional, derivado de la obsesión por dotar a la Corona de un blindaje sobreprotector que lo único que consigue es crear más problemas.

A día de hoy, la monarquía sigue siendo una institución problemática; es decir, sigue planteando serios problemas institucionales, que no se limitan a las incidencias fiscales y financieras (y las otras) protagonizadas por el emérito ni a su residencia en Abu Dabi. Son, sobre todo, los que hacen referencia a la configuración del estatus real sobre la base de la inviolabilidad ilimitada, y la consiguiente exención de toda responsabilidad por todos sus actos, así como el rígido blindaje constitucional que impide tocar siquiera cualquier aspecto relativo a la Corona (lo que ha acabado por convertirse en un serio problema para la propia institución monárquica). Son, sin duda, cuestiones que no pueden ser obviadas al abordar los problemas institucionales que tenemos planteados en el momento actual, que afectan al conjunto de nuestro sistema institucional y que no dejan de existir porque no se les preste la debida atención. Aunque también hay que decir que convendría evitar que los problemas que conlleva la propia institución monárquica, que no pueden ni deben ser obviados, interfieran en el tratamiento de las cuestiones que son más importantes. * Profesor


Fuente → deia.eus 

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