A propósito de ‘El rey al desnudo’

El presidente del Sindicato de Técnicos de Hacienda reseña el último libro del periodista Ernesto Ekaizer
 
A propósito de ‘El rey al desnudo’
Carlos Cruzado Catalán
 

En abril de 2012, tras conocerse el accidente que sufrió durante una cacería de elefantes en Botswana, Juan Carlos I reconoció públicamente que se había equivocado y declaró en tono apesadumbrado que no volvería a ocurrir. A partir de ese momento, se empiezan a publicar distintas informaciones sobre su relación con Corinna Larsen. Informaciones que, a raíz de la publicación en julio de 2018 de las conversaciones del excomisario Villarejo con ella, se centran fundamentalmente en las actividades económicas ahora investigadas por la Fiscalía del Tribunal Supremo. No obstante, no habíamos tenido la ocasión de leer un relato sistemático y completo, en relación con las noticias que se han ido conociendo, hasta la publicación del último libro de Ernesto Ekaizer, El rey al desnudo.

El relato abarca desde los oscuros antecedentes relacionados con Javier de la Rosa, Mario Conde, Manuel Prado y Colón de Carvajal y los Albertos, todos ellos condenados en su momento por distintos delitos, hasta las dos regularizaciones fiscales presentadas por el rey emérito en diciembre y febrero últimos. Y, sin duda, nos alerta de que el rey, como el emperador de Hans Christian Andersen, no lleva un precioso traje, sino que está desnudo, aun cuando todavía hoy, desde determinados sectores, opten por cerrar los ojos. Ampararse en la presunción de inocencia que, sin duda, el rey emérito tiene, como cualquier ciudadano, no puede hacernos olvidar que cualquier ciudadano, por el contrario, no tiene la impunidad que el concepto amplio de la inviolabilidad constitucional le otorga a quien durante casi 40 años fue Jefe del Estado.

El rey, como el emperador de Hans Christian Andersen, no lleva un precioso traje, sino que está desnudo, aun cuando todavía hoy, desde determinados sectores, opten por cerrar los ojos.

Ernesto Ekaizer avanza en su libro una noticia que estos días se ha publicado en prensa, y que se refiere a las notificaciones que la Fiscalía practicó al inicio de cada una de las diligencias abiertas. El teniente fiscal del Supremo, Juan Ignacio Campos, reconoce, en El Rey al desnudo que, tras la apertura de cada una de las diligencias de investigación, se las notificaron al abogado de la defensa del emérito, ofreciéndole la personación. Notificaciones que, según explica el fiscal, conllevaron su correspondiente acuse de recibo, pero no la personación. Y es esta posibilidad de personarse y, por tanto, de conocer las diligencias abiertas la que podría entenderse que, de acuerdo con lo establecido por el artículo 305.4 del Código Penal, dejaría sin efectos las regularizaciones.

Pero si sorprende este testimonio del fiscal, aún sorprenden más las razones que da a Ernesto Ekaizer por las que no habría llamado a declarar a Juan Carlos. Primero, porque “él sabe poco de los posibles cálculos y vías que se usan para declarar menos a Hacienda”, lo que igualmente sería aplicable a cualquiera de las figuras del fútbol, artistas o conocidos empresarios que, sin embargo, en los últimos tiempos hemos visto desfilar por los tribunales, a pesar de su desconocimiento de lo que denominamos ingeniería o planificación fiscal. Y segundo, “porque tendría que aguantar un circo mediático importante”, lo que no ha servido a otros personajes relevantes para librarse de tales declaraciones en el curso de investigaciones similares.

En contraste con la escasa información que sobre la investigación de la Fiscalía española se ha conocido, Ernesto Ekaizer reproduce las declaraciones que el fiscal Bertossa en Suiza ha tomado a imputados y testigos. Y con ello, contrapone la intensa actividad investigadora en el país helvético con el pausado ritmo, en el tiempo transcurrido desde el inicio de la investigación, por la Fiscalía española.

Se compara, también, la actuación de la Agencia Tributaria en este caso, con la que en su día tuvo con los evasores que formaban parte de la denominada lista Falciani, dado que con su inactividad posibilitó la regularización de aquellos y su exoneración de sanciones y responsabilidad penal por delito fiscal. Y es que el autor también reproduce parte del escrito dirigido el 7 de septiembre por los fiscales Ignacio Stampa y Miguel Serrano al Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, en el que señalaban expresamente que “las potenciales contingencias tributarias que indiciariamente revelan las conversaciones (entre Corinna y Villarejo) sí es posible que merezcan la atención de las autoridades tributarias”. Escrito en el que los fiscales también subrayaban que los técnicos de Hacienda, desde Gestha, habíamos pedido a la AEAT en julio de 2018 que abriera una inspección, a la vista de los indicios que se deducían de las conversaciones publicadas. Y todo ello teniendo en cuenta, como se destaca en El Rey al desnudo, que la AEAT, en septiembre de 2018 comunicó a la Audiencia Nacional que Juan Carlos I no había presentado declaración de bienes en el extranjero, ni tenía constancia de que tuviera cuentas bancarias en el extranjero.

Cierra su libro Ekaizer con un anexo que incluye abundante documentación original relativa a las principales cuestiones sobre las que se han publicado informaciones, respecto de las posibles irregularidades cometidas por el rey emérito investigadas por las fiscalías suiza y española. Documentación que completa y justifica buena parte de la narración, dejando esa imagen del rey desnudo que da título al libro y que nos lleva a reflexionar sobre lo dicho por Felipe VI en su discurso de proclamación ante las Cortes Generales, y que resalta el comunicado de la Casa Real de 15 de marzo de 2020, de que “La Corona debe (…) velar por la dignidad de la Institución, preservar su prestigio y observar una conducta íntegra, honesta y transparente, como corresponde a su función institucional y a su responsabilidad social, porque solo de esa manera se hará acreedora de la autoridad moral necesaria para el ejercicio de sus funciones”. Compromiso más que necesario en este momento, a la vista de las palabras de Óscar Alzaga en su Comentario sistemático a la Constitución Española, de julio de 1978, que Ernesto Ekaizer incluye entre las citas que preceden su narración: “Es obvio que en una monarquía parlamentaria contemporánea, la hipótesis de que el Rey delinca no debe estar prevista en la Constitución, y de llegarse el caso improbabilísimo de que tal supuesto se hiciera realidad, nos encontraríamos ante el desprestigio y, por ende, ante el ocaso de la Institución monárquica”


Fuente → ctxt.es

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