La situación de la mujer durante la II República española y la dictadura

La situación de la mujer durante la II República española y la dictadura

Hoy me gustaría hablar de cómo ha cambiado la situación de las mujeres españolas durante el pasado siglo, con especial mención sobre cómo fue de diferente durante la II República española (1931 – 1939) y luego durante la dictadura.

Hace unos días tuve ocasión de leer a Gerardo Tecé (@gerardotc), a quien recomiendo seguir a los que tengáis Twitter o Facebook resumir en un mensaje la situación de la mujer española durante la II República española y luego durante la dictadura. Su mensaje era “la II República fue la mujer yendo a la universidad, el franquismo fue la vuelta de la mujer a la cocina”. Es muy tajante, pero no le falta razón. Durante el período democrático que fue la II República española, la situación de la mujer cambió mucho y para bien, ya que se consiguieron muchos logros (el voto, la igualdad ante la ley, el aborto o el divorcio), que se perdieron tras el triunfo militar de los golpistas en 1939. Sobra decir que estos logros sociales y políticos no se recuperarían hasta que la democracia volvió a nuestro país.

I – La II República española (1931 – 1939)

En el caso del voto, aspecto por el que voy a empezar, fue de vital importancia la figura de la madrileña Clara Campoamor (1888 – 1972). El Gobierno provisional republicano realizó una reforma de la ley electoral. Dicha reforma, permitió a las mujeres españolas mayores de 23 años ser candidatas en unas elecciones, y, Clara Campoamor pudo presentarse como candidata a diputada en las filas del Partido Republicano Radical (PRR) de Lerroux. En las elecciones del 28 de junio de 1931, Clara Campoamor, junto a Victoria Kent (1898–1987) y Margarita Nelken (1894-1968), fueron las tres primeras diputadas de la democracia española. Clara Campoamor formó parte de la comisión parlamentaria (compuesta por 21 diputados) encargada de redactar la CE1931. En dicha comisión ella debatió por la no discriminación por razones de sexo y la igualdad de hombres y mujeres ante la ley, la igualdad jurídica de los hijos nacidos tanto dentro del matrimonio como fuera de éste, el divorcio y el sufragio femenino. Este tema fue especialmente polémico y tuvo la oposición sobre todo de muchos diputados conservadores y de compañeros de partido. Los debates en el Congreso de los Diputados fueron especialmente intensos pero finalmente el voto femenino salió adelante en ese año de 1931, si bien las primeras elecciones generales en las que votaron las mujeres españolas fueron las de 1933. Pero no solo diputadas, María Domínguez Remón (1882 – 1936), fue la primera alcaldesa de la democracia española en la localidad aragonesa de Gallur. Esto no gustó a los ultras de la época, y sería detenida y posteriormente fusilada por los partidarios del golpe de Estado el 7 de septiembre de 1936.

Hasta 1931, se venía de una situación de desigualdad de la mujer en todos los planos de la vida. En el campo de la educación también ocurría dicha desigualdad (solo por mencionar el contrato que tenían las aspirantes a maestras en 1923 y que se mantuvo varios años), la democracia republicana puso fin a la segregación por sexos en el sistema educativo, niños y niñas se educaron juntos en la misma clase y se facilitó el acceso de mujeres a la universidad y que ocuparan puestos de responsabilidad en el organigrama educativo. El nuevo sistema democrático surgido en abril de 1931, nació con el objetivo de promover la igualdad entre hombres y mujeres y eso fue un aspecto que se tenía que inculcar desde los centros educativos. Además, para garantizar la educación, la enseñanza obligatoria se hizo extensiva hasta los 12 años. Algunas mujeres como la castellonense Josefa Blanco, que durante mucho tiempo fue residente en Linares llegaron a ser inspectoras de educación. Además, la historiadora Carmen Rueda comenta también que hubo también maestras que llegaron a ser directoras de Centros, lo que chocó con la moral muy tradicional de parte de la sociedad de la época.

Pero no fueron estos los únicos derechos logrados por las mujeres españolas tras 1931. Sobre la igualdad entre hombres y mujeres, y aunque ya en la CE1931 se hablaba de ello en aspectos como el derecho al voto o el ser elegible en elecciones (arts. 36 y 53 respectivamente, por poner varios ejemplos), hubo que esperar a la publicación del Decreto Sobre Igualdad Jurídica del 4 de febrero de 1937 para hacer efectiva dicha igualdad. En aquel momento el presidente de la República era Manuel Azaña (1880 – 1940) y Juan García Oliver (1901 – 1980) era el ministro de Justicia. Los dos primeros artículos de este decreto, tal y como apareció en la Gaceta de la República, decían que:

“1º El sexo no origina diferencia alguna en la extensión y ejercicio de la capacidad civil. La mujer, se cualquiera su estado, tiene la misma capacidad que las leyes reconocen o puedan reconocer al hombre para ejercer todos los derechos y funciones civiles.

2º Dentro del matrimonio ninguno de los cónyuges adquiere potestad sobre el otro, ni ostenta su representación legal, quedando ambos únicamente obligados, por mutuo y legal consentimiento, a vivir juntos, guardarse fidelidad y prestarse recíprocamente asistencia. La obligación de sufragar los gastos necesarios para el sostenimiento del hogar conyugal pesará sobre ambos cónyuges, en proporción a sus respectivos medios económicos y a sus posibilidades de trabajo”.

El texto completo del decreto se puede consultar en el siguiente enlace: http://www.buscameenelciclodelavida.com/2015/02/igualdad-de-derechos-civiles-para-ambos.html

La igualdad de sexos, al igual que con muchos otros que se verán a lo largo de la presente entrada, fue un aspecto que sería suprimido tras 1939. La Igualdad ante la ley no se vería de nuevo reflejada hasta la Constitución de 1978 (art. 14) y en leyes y decretos posteriores una vez la democracia se reinstauró en España.

Otros dos derechos conseguidos por las mujeres españolas fue el divorcio, aprobado de forma mayoritaria en el parlamento con una ley el 25 de febrero 1932. Suprimido por la dictadura, no sería nuevamente aprobado hasta 1981. En cuanto al derecho al aborto, éste fue aprobado en 1937, tras un decreto del gobierno que elevaba a rango nacional una normativa de la Generalitat de Catalunya de enero ese mismo año (También fue suprimido y no fue aprobado de nuevo hasta 1985), en ese momento era ministra de sanidad (la primera vez que existió este ministerio en nuestro país) la cenetista Federica Montseny (1905 – 1994).

II – La dictadura de Franco (1939 – 1975)

La situación de las mujeres comenzó desde el primer día en los lugares en los que triunfó el golpe de Estado del 18 de julio de 1936. Hubo una anulación de las reformas democráticas republicanas y se perdió la libertad conseguida hasta entonces. Las mujeres españolas sufrieron represión por parte de los golpistas por partida doble, es decir, fueron represaliadas por ser republicanas o por ser amigas o familiares de hombres republicanos. El historiador Julián Casanova desde sus redes sociales ha puesto varios ejemplos de los castigos sufridos por las mujeres españolas:

“El rapado a mujeres se extendió desde el verano de 1936 donde triunfó la sublevación militar, continuó durante la guerra y hasta finales de los años cuarenta. Sus responsables y ejecutores fueron grupos armados paramilitares, sobre todo falangistas, y después guardia civiles. El rapado de las mujeres ocurrió muchas veces durante la noche y lo que se hacía público, con escarnio, era el paseo posterior, en el que se las obligaba a hacer el saludo fascista o cantar el Cara al sol. La ingesta obligada de aceite de ricino finalizaba la ceremonia de castigo. Los rapadores fueron casi exclusivamente hombres, aunque algunas mujeres participaron de forma activa o como testigos pasivos en el ataque a las víctimas.

Esas prácticas formaron parte de una ceremonia de exclusión social, punitiva, de escarmiento y disciplinaria, y sexista.”

Antes de seguir avanzando, quisiera agradecer desde aquí a @forosporlamemoria la información que han facilitado desde su portal de Instagram sobre el papel secundario que las mujeres tenían durante la pasada dictadura. Esta información se puede consultar también en su web https://www.foroporlamemoria.info

Durante la dictadura, como he comentado antes, se perdieron libertades y derechos y la situación quedó así:

– En 1939 se derogó la Ley de Matrimonio Civil y la Ley del Divorcio, derechos que se habían aprobado en España tras la instauración de la democracia en 1931.

– El marido podía matar a su mujer y, como máximo castigo, la pena impuesta al asesino era el destierro. Este dato se puede consultar en el capítulo V artículo 428 del BOE del 13 de enero de 1945 — > https://www.boe.es/datos/pdfs/BOE//1945/013/A00427-00472.pdf

– También se prohibió a las mujeres ejercer la patria potestad de sus hijos/as, ostentando solo una patria potestad subsidiaria, que quedaba de facto en beneficio del padre.
– El padre, si quisiera, podía dar a sus hijos o hijas en adopción sin el consentimiento de la madre.
– Se penalizó el adulterio para las mujeres (pero no para los hombres).
– Se tipificaron los delitos contra la honestidad de forma muy discriminatoria hacia las mujeres.
– Se eximía de reproche penal al marido si había violencia sexual y/o física dentro del matrimonio.
– Se estableció cárcel por practicar o facilitar el aborto (el gobierno de la República española lo había aprobado en 1937), por lo que éste se practicaba de forma ilegal, con una seguridad y pésimas higiene, muriendo muchas de ellas. Muchas españolas que no tenían dinero para una clínica clandestina viajaban a abortar a Londres o a otras ciudades del extranjero hasta que se restableció el derecho al aborto en 1985.
– Se recuperó la distinción entre hijos/as legítimos e ilegítimos.
– Si la mujer enviudaba pasaba a ser tutelada de nuevo por su padre o suegro, y si contraía nuevamente matrimonio, perdía la patria potestad de sus hijos/as.
– Desapareció el derecho a elegir libremente la profesión.
– También se eliminó el acceso de las mujeres a puestos de la función pública, si bien luego se matizó tiempo después.
– Las trabajadoras que contrajeran matrimonio abandonarían su trabajo exceptuando las que contasen con el permiso expreso de su marido. Esta situación se mantuvo hasta 1961.
– Para ser dada de alta era obligatorio declarar el nombre del esposo, la profesión de este, su salario y el número de hijos/as.
– La mujer necesitaba una licencia autorizada por el marido para firmar un contrato laboral, comprar una casa o gestionar sus propios bienes. Esta situación de subordinación se mantuvo hasta mayo de 1975.
– Se impuso de nuevo la educación segregada por sexos por razones de orden moral y eficacia pedagógica. Niños y niñas estaban separados en clase.
– La enseñanza de la doctrina católica fue nuevamente obligatoria, además, una versión de la religión que cuadrara con el ultranacionalismo del oficialismo franquista.
– Era obligatoria una asignatura denominada Ciencia Doméstica/Enseñanzas de hogar.
– Se prohibió cualquier método anticonceptivo, había penas de cárcel y multas para aquellos que vendían preservativos, que se introducían en nuestro país de forma clandestina.
– Era obligatorio hacer el Examen de Hogar para aquellas jóvenes que quisieran hacer estudios universitarios.
– Si una mujer casada heredaba de su padre, era el marido quien firmaba el acceso a la herencia.

– Se prohibió el acceso de las mujeres a los Cuerpos de Seguridad del Estado (policía, guardia civil y ejército). Este derecho, igual que muchos otros de los anteriores, no se recuperó hasta la vuelta de la democracia a España.

Esta situación de opresión era tal que la abogada Aurelia Romero Coloma en una entrevista al portal tercerainformacion.es acerca de su libro ‘Franquismo y sociedad’ (en la que habla sobre la legislación del régimen hacia las mujeres), esta autora decía que:

“Desde la Prensa y la Radio se insiste durante el franquismo de forma obsesiva, en la recuperación de los valores de la mujer española, equivocada por ideales extranjeros y degenerados. Su pone en entredicho el baile agarrado y la exhibición del cuerpo femenino en las playas. Cuando la mujer acude a un templo, debe hacerlo con el máximo recato, vistiendo falta por debajo de las rodillas, medias, velo en la cabeza y mangas largas. En la calle, puede llevar los antebrazos al aire, tal como exige la moda del año, pero, para entrar en el templo, se ha de cubrir la desnudez con manguitos de tela de quita y pon, ajustados con elástico. A los bailes, playas y piscinas acudían parejas de la Guardia Civil, a vigilar el cumplimiento de las severas normas relativas a la indumentaria. En algunas playas se tendieron vallas de alambre para separar a los hombres de las mujeres, y unos y otras sólo podían acercarse a las mismas a la hora de comer.”

Afortunadamente, la situación cambió tras el final de la dictadura y el regreso de la democracia a España, cuando se consiguió la recuperación de muchos de los derechos que se habían perdido durante la dictadura, así como la anulación de muchas de las imposiciones del régimen dictatorial que hubo en nuestro país entre 1939 y 1975, consiguiendo además otros derechos nuevos, con lo que la situación de las mujeres en nuestros país (a pesar de que todavía queda mucho por hacer), está entre las más avanzadas de Europa.

Bibliografía:

– Julián Casanova y Carlos Gil Andrés “Historia de España en el siglo XX” Ariel, Barcelona 2009

– Paul Preston “Un pueblo traicionado: corrupción, incompetencia política y división social” Debate Historia (Penguin Random House Grupo Editorial), Barcelona 2019

-Vicenç Navarro “El subdesarrollo social de España” Diario Público, Madrid 2009

-Santos Juliá “Un siglo de España. Política y sociedad” Marcial Pons, Madrid 1999

-Aurelia Romero Coloma “Franquismo y sociedad” Ediciones Irreverentes, Madrid 2013

-Mary Nash (ed) “Represión, resistencias, memoria. Las mujeres bajo la dictadura” Comares, Granada 2013

-Artículos de periódicos y webs: boe.es, tercerainformación.es, foroporlamemoria.info, wikipedia.org, Maldito bulo (maldita.es), Jaume Sobreques, Natalia Junquera, Fran Serrato, Ángel Viñas y Paul Preston (elpais.com), Julián Jiménez, Daniel Fuentes y Carlos Hernández (eldiario.es), Conchi Basilio (lne.es)


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