Bando de guerra
 
Bando de guerra
Natividad Pérez
 
Consuelo Contreras García ingresa en la prisión provincial de Sevilla a las 11 horas del día 2 de abril de 1937. Procede de la prisión de Utrera. De 39 años, jornalera, de CNT, viuda con tres hijos. Cuando Utrera es ocupada por los golpistas el 26 de julio de 1936, Consuelo se dirige hacia la zona republicana, donde sigue luchando contra la ocupación hasta que en marzo de 1937 es detenida en Igualeja (Málaga) y trasladada a Utrera, donde la interrogan. Dos testigos adeptos al golpe la acusan de auxiliar a los ciudadanos en la defensa de Utrera desde parapetos montados en las calles. También afirman que formaba parte de un grupo de mujeres en estas tareas.

El 14 de abril de 1937, el juez José Ochoa da orden de detención de las mujeres que se supone que la acompañaban: María Borrego Torregrosa, Carmen Luna Alcázar, Carmen Romero Montero, Antonia Alfonso Romero, María Sandoval Domínguez y María Iglesias Expósito. El 18 de abril de 1937 el comandante militar de Utrera, Juan García de Lomas, informa al juez que, “según antecedentes que obran en esta Comandancia, les fue aplicado el Bando de declaración del Estado de Guerra.” (Procedimiento 478/37, p 29).

El bando firmado por Gonzalo Queipo de Llano el 18 de julio de 1936 para la segunda región militar es un escrito de seis puntos en el que se declara el estado de guerra, se suprime el derecho de huelga y el de libre circulación, y se afirma de forma reiterada que los que no cumplan lo ordenado "serán juzgados en juicio sumarísimo y pasados por las armas". En el bando firmado por Miguel Cabanellas de 30 de julio de 1936 para el territorio nacional también se afirma que se juzgarán las actuaciones contrarias al golpe y solo posteriormente "serán pasados por las armas".

En la práctica, cuando afirman que se le aplicó a alguien el bando de guerra, sabemos que no se le ha juzgado ni condenado, no consta su ingreso ni salida de prisión. Se les ha sacado de los centros de detención para fusilarlos en cualquier tapia. No están registrados sus fallecimientos, ni las causas de sus muertes, están enterrados sin lápida en cualquier zanja o abandonados sin identificación en las calles para su traslado a la fosa común.

En algunos procedimientos posteriores a 1936, aparecen grupos de personas de las que alguna autoridad golpista afirma tener constancia de su fusilamiento por aplicación de bando de guerra y eran amigos o compañeros del enjuiciado. María Borrego Torregrosa, Carmen Luna Alcázar, Carmen Romero Montero, Antonia Alfonso Romero, María Sandoval Domínguez y María Iglesias Expósito forman parte de estos muertos no declarados. Aunque en la provincia de Sevilla desde el mes de julio se producen procedimientos sumarísimos de urgencia que terminarán en fusilamientos, el grueso de los fusilados durante los seis meses de 1936 es por aplicación del bando de guerra. Aquellos que no aparecen en referencias de sumarios posteriores, los que no tuvieron a nadie que los buscara, desaparecieron sin engrosar las cifras de víctimas del golpe de Estado de 1936.

El 20 de octubre de 1937 el consejo de guerra especial permanente, presidido por José Alonso de la Espina y Cuñado, la condena a muerte por rebelión.

El 9 de marzo de 1938, a las 3.00 horas, mueren fusilados Consuelo Contreras García, Juan de Dios Creagh Arjona, Pablo Delgado Delgado, Salvador Domínguez Pérez, Francisco Fernández Barragán, Antonio Librero Ramos, Juan López Pérez y Cristino Saiz Moreno.


Fuente →  infolibre.es

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