Los pasos a seguir para la extinción de la Fundación Francisco Franco

La extinción de organizaciones que hagan apología de los perpetradores del golpe de Estado y la dictadura no se llevará a cabo de manera inmediata con la entrada en vigor de la ley tras su aprobación por el Parlamento.

Los pasos a seguir para la extinción de la Fundación Francisco Franco / Pilar Araque Conde
 
El proyecto de ley de Memoria Democrática ha visto luz verde este martes en el Consejo de Ministros. La medida, que busca llenar los huecos de la norma aprobada en 2007 bajo el mandato de José Luis Rodríguez Zapatero (ley de memoria histórica), iniciará a partir de septiembre su tramitación en el Congreso, un recorrido que no se prevé fácil ni rápido dadas las quejas de los diferentes grupos, especialmente de los socios del Gobierno, que han reclamado una ley "más ambiciosa" en la línea de lo sostenido por las entidades memorialistas.

El nuevo ministro de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Félix Bolaños, ha sido el encargado de explicar en rueda de prensa las principales medidas introducidas el texto legal, así como los objetivos y ejes fundamentales de la "primera ley en la que se condena y repudia expresamente el golpe de estado del 36 y la dictadura posterior", y "homologa a España al resto de países de su entorno", en consonancia con las recomendaciones de los organismo internacionales en materia de derechos humanos.

En aras de asegurar la mayor garantía jurídica posible ante el eventual recurso de inconstitucionalidad anunciado por Vox, el Gobierno ha modificado el anteproyecto de ley aprobado en septiembre de 2020 tras las sugerencias de los órganos consultivos, como el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que en un informe puso en duda el método escogido para ilegalizar organizaciones profranquistas.

De este modo, este último borrador que será remitido a las Cortes plantea la extinción (no ilegalización) de aquellas fundaciones que, como la dedicada al dictador Francisco Franco, hagan apología del franquismo, enaltezcan a sus dirigentes y lo hagan con menosprecio de las víctimas o incitando al odio. Si bien, tal como ha explicado Bolaños, esta medida no se llevará a cabo de forma "inmediata" con la entrada en vigor de la ley tras su aprobación por el Parlamento.

En este sentido, tal como han ahondado fuentes del Gobierno, la extinción de estas organizaciones se establece en virtud de si persiguen o no intereses generales y si su actividad se rige de acuerdo a los intereses generales. De este modo, se propone como contrario al interés general la apología del franquismo que exalte el golpe y dictadura, el enaltecimiento a sus dirigentes y la incitación al odio.

En el marco de la dignidad de las víctimas, como sugería el CGPJ, se entiende que la apología de los perpetradores del golpe y la posterior dictadura supone una humillación a estas, unos supuestos que abandera la Fundación Francisco Franco, así como otras seis (en el texto no se menciona de forma explícita los nombres de estas organizaciones).

En cuanto al procedimiento, según añaden estas fuentes, toda vez que la ley entre el vigor, el Protectorado de Fundaciones (órgano colegiado que depende del Ministerio de Cultura y Deporte) será quien actúe de oficio o a instancias de íla Secretaria de Estado de Memoria Democrática. En ese caso, se abrirá un procedimiento administrativo, que no judicial, en el que se debe dilucidar que la apología y exaltación de estas entidades es contraria a los intereses generales para su posterior liquidación. Además de su extinción, los archivos de dichas fundaciones pasarán a manos de las instituciones públicas. 


Fuente → publico.es

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