La cuestión de los alquileres en el primer Gobierno de Largo Caballero
La cuestión de los alquileres en el primer Gobierno de Largo Caballero / Eduardo Montagut:

En el artículo mencionado ya comprobamos como la Federación Nacional de Inquilinos solicitó al Gobierno que tomara algunas medidas adicionales en relación con el decreto. Se quería que se ampliase el tope de las 201 pesetas del alquiler para tener derecho a la rebaja en una escala gradual hasta 1000 pesetas. También debían rebajarse los subarriendos, una práctica que debía ser muy común. En relación con la resistencia pasiva de los propietarios se solicitó que se obligase a los mismos a alquilar los pisos desalquilados, fijando el Ayuntamiento el precio correspondiente, bajo pena de incautación. Además, la moratoria decretada debía hacerse extensible a los trabajadores parados y enfermos. Por fin, las rebajas de los alquileres no debían repercutir en el salario de los porteros.

En un sentido parecido el Ayuntamiento de Madrid, como también hemos estudiado en otro trabajo, a la par que establecía unas normas para evitar la existencia de pisos desalquilados a principios de septiembre, quería solicitar al Gobierno un cambio en dicha disposición, con el fin de que la rebaja alcanzase a los alquileres de hasta 301 pesetas, y que a partir de dicha cantidad se adoptase una escala en proporción a la cuantía del alquiler, es decir, se quería aumentar el número de beneficiario de esta medida. En el caso de locales dedicados a industrias o comercios, si éstos no llevaban aneja la vivienda de sus dueños, la rebaja del 50% debería tener el tope de 750 pesetas, y de ahí en adelante en proporción a la cuantía del alquiler. Además, el Consistorio quería que el Gobierno decretase una “rebaja prudencial, pero efectiva” de las tarifas telefónicas.

La Federación siguió insistiendo. En una reunión que tuvo en su sede en Madrid, a mediados del mes de septiembre, se acordó solicitar al Gobierno la promulgación de una ley definitiva sobre los alquileres, así como que el decreto del 2 de agosto se aclarase para evitar confusiones, y que se extendiesen los beneficios que disponía en la línea de lo que ha había solicitado.

Pues bien, como expresábamos, estas presiones debieron ser la causa de la aprobación de un decreto por parte del primer Gobierno de Largo Caballero, que se publicó el día 30 de septiembre, y que ampliaba la rebaja de los alquileres.

A partir del 1 de octubre el precio de los alquileres de las fincas urbanas o pisos destinados a viviendas tendría una rebaja con arreglo a la siguiente escala:

-Del 50% para los alquileres inferiores a 201 pesetas mensuales.

-Del 50% de las primeras 200 pesetas y del 30% del resto del arriendo para alquileres entre 201 y 400 pesetas.

-Del 50% de las primeras 300 pesetas y del 20% del resto del arriendo para alquileres entre 401 y 500 pesetas.

-En la misma forma que en el caso anterior para los alquileres superiores a 600 pesetas.

En las fincas urbanas o pisos destinados a industrias, comercios para el ejercicio de profesiones liberales (despachos y oficinas), por los que se pagaba contribución industrial, aunque tuvieran habitaciones destinadas a viviendas de dueños o empleados, quedarían también rebajados los alquileres a partir de la mima fecha reseñada con arreglo a una escala propia.

Las rebajas, además, se aplicarían a los subarriendos y en las mismas proporciones.

También se estableció que las cantidades depositadas como fianzas por los inquilinos se reducirían como máximo al importe del alquiler de un mes. Si hubiera exceso se aplicaría al pago de la mensualidad o mensualidades siguientes.

Como en el decreto de agosto no se anulaban los impuestos o contribuciones que se pagaban a las distintas Administraciones públicas, aunque se reformaba el impuesto que cobraba el Estado.

Hemos consultado los números 8242, 8254 y 8256 de El Socialista, y los artículos de este autor, publicados en el mes de marzo en El Obrero, “La moratoria y la rebaja de los alquileres en el verano de 1936” y “El Ayuntamiento de Madrid ante los pisos desalquilados en 1936”.


Fuente → elobrero.es

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