Los crímenes franquistas de lesa humanidad no prescriben


Los crímenes franquistas de lesa humanidad no prescriben, según sus víctimas: Las víctimas de las torturas infligidas por la policía de Franco a opositores a la dictadura defienden que estos hechos constituyeron crímenes contra la humanidad y por tanto no prescriben, de modo que los argumentos de la Fiscalía para pedir el archivo de sus querellas, presentadas contra los supuestos autores, no son válidos.

La Fiscalía de Valencia se pronunció este jueves a favor de archivar la causa que agrupa a numerosas querellas contra torturadores policiales franquistas en un juzgado valenciano, ya que, según la Fiscalía General del Estado, los hechos han prescrito y los posibles culpables estarían amparados por la Ley de Amnistía de 1977.

La plataforma de apoyo a la llamada Querella Argentina, que representa a las numerosas víctimas de la policía franquista en la Comunitat Valenciana que han presentado querellas agrupadas en la citada causa, ha respondido este viernes en un comunicado a la posición de la Fiscalía y se ha opuesto públicamente al archivo.

Además, ha calificado de "bochorno" que las personas afectadas se hayan enterado de la posición de la Fiscalía Provincial por los medios de comunicación y no porque el Ministerio Público les haya informado. "En este país las víctimas de la represión franquista han tenido y tienen un tratamiento indigno y desconsiderado", dice la nota.

Acció Ciutadana contra la impunitat del franquisme al Pais Valencià es el nombre del colectivo que, desde la citada plataforma, ha hecho público el comunicado. El nombre de Querella Argentina deriva de que fue la jueza argentina Maria Servini la primera en abrir una causa para investigar a torturadores franquistas.

Las peticiones de esa magistrada a la justicia española fueron rechazadas y los querellantes presentaron luego acusaciones individuales dentro del ámbito de competencia de los tribunales españoles, acusaciones individuales que, después, fueron agrupadas en unas pocas causas, la mayoría de las cuales ha venido siendo archivada con el argumento de que los delitos han prescrito y los autores fueron exculpados por la Ley de Amnistía de 1977.

En este sentido, la nota señala que los argumentos que se utilizan para proponer el sobreseimiento de estas querellas son los mismos que la Fiscalía General del Estado usó en 2016 para rechazar las peticiones de apoyo judicial de aquella juez.

"Pero esta interpretación de la Ley por parte de la Fiscalía contradice el Derecho Internacional de Derechos Humanos que, a la vez, está incorporado a nuestro propio ordenamiento jurídico", añade la nota antes de explicar que "los crímenes contra la humanidad son imprescriptibles" y deben ser investigados por cualquier Estado firmante de los múltiples acuerdos y tratados que obligan a ello (y España lo es).

"La Ley de Amnistía no despliega efecto alguno que pueda impedir u obstaculizar la investigación y enjuiciamiento de crímenes contra la humanidad, tal y como han expuesto en reiteradas ocasiones los expertos del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en consonancia con la doctrina de los diferentes tribunales internacionales", añaden.

Según las víctimas, "en 2020 la Fiscalía debería actualizar sus argumentos para así no vulnerar el derecho constitucional a la tutela judicial efectiva de los querellantes". 
 

Fuente → lavanguardia.com

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